STSJ Galicia , 7 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2000:9688
Número de Recurso5258/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0005258 /1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1448/ 2.000 Iltmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a siete de diciembre de dos mil. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0005258 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por ESTACION DE SERVICIO SIGUEIRO, S. L., representado por el procurador D. XULIO LOPEZ VALCARCEL y dirigido por la letrada Dña. BLANCA MORGADAS LAGO, contra Resolución de la Dirección General de carreteras, referencia N-550 -51, recaída en expte incoado de oficio sobre modificación de autorización otorgada a Héctor , para construcción de estación servicio p k. 51.300 de CN-550. Es parte como demandada la DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO EN GALICIA representada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día treinta de noviembre de 2000.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución de 19 -3 -97 de la Dirección General de Carreteras por las que se modificaron las condiciones de la autorización otorgada a D. Héctor para la construcción de una estación de servicio a la altura del punto kilométrico 51,300 de la carretera N-550.

SEGUNDO

Se impugna en el presente recurso de forma indirecta el inciso último del articulo 72.3 del Reglamento General de Carreteras , aprobado por el Real Decreto 1812 /1994, de 2 de septiembre , porque infringe, según la parte actora, el principio de jerarquía normativa, en cuanto que establece que deberá suprimirse la posibilidad de girar a la izquierda para acceder a una estación de servicio cuando la intensidad media diaria (IMD) rebase los 5.000 vehículos, mientras que el artículo 28.2 de la Ley de Carreteras sólo...

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