STSJ Murcia , 20 de Marzo de 2001

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2001:716
Número de Recurso769/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA ssau003 SENTENCIA Nº: 393/2001 ROLLO Nº: RSU 769/2000 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veinte de Marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSÉ

LUIS ALONSO SAURA y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 15 de abril de 2000, dictada en proceso número 55/2000, sobre afiliación, y entablado por don Juan Alberto frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) El demandante don Juan Alberto , con D.N.I. NUM000 , domiciliado en Alcantarilla (Murcia), desarrolló la actividad de agente de seguros por el periodo comprendido desde el 1 de enero de 1996 al 30 de septiembre de 1998, sin estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 2º) Como consecuencia de la actuación promovida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Murcia, la Tesorería General de la Seguridad Social procedió de oficio a dar de alta al actor en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores Autónomos, dictando resolución de fecha 5 de octubre de 1999 por el período anteriormente referido. 3º) Disconforme el señor Juan Alberto con la resolución anteriormente referida, interpuso reclamación previa, la que fue desestimada por resolución de 13 de diciembre de 1999"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Estimar parcialmente la demanda promovida por don Juan Alberto frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, y en consecuencia procede dejar sin efecto el alta dada a aquél en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el período comprendido desde el 1 de enero de 1996 al 29 de octubre de 1997, manteniendo por el contrario el alta dada desde ésta última fecha hasta el 30 de septiembre de 1999".

SEGUNDO
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR