STSJ Andalucía , 15 de Octubre de 2001

PonenteFEDERICO LAZARO GUIL
ECLIES:TSJAND:2001:14118
Número de Recurso3312/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO -ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA RECURSO NÚM: 3312/1996 SENTENCIA NÚM. 1.219 DE 2.001 Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lazaro Guil D. Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a quince de octubre de dos mil uno. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 3312/1996 seguido a instancia de Dª. Inmaculada , que comparece representada por el Procurador D. Enrique Raya Carrillo, siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE SANTISTEBAN DEL PUERTO(JAÉN), no personado en las actuaciones. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo frente a la actuación administrativa que se detalla en el primer fundamento jurídico de esta resolución, se admitió a trámite y se acordó reclamar el expediente administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando dicha actuación administrativa impugnada.

TERCERO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por la parte recurrente, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

CUARTO

Declarado concluso el período de prueba , al no estimarse necesario por la Sala la celebración de vista pública, se acordó dar traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo por la recurrente, mediante escrito en el que reiteró las peticiones contenidas en la demanda.

QUINTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del mismo y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Federico Lazaro Guil.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso lo constituye la impugnación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Santisteban del Puerto (Jaén), de fecha 19 de julio de 1996, por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la U.A. nº 6 de las Normas Subsidiarias de dicho municipio.

La base argumental del recurso radica, en síntesis, en la estimación de que el acto impugnado es contrario a derecho, porque al efectuar dicha aprobación definitiva no se ha hecho constar, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 103.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, el carácter dudoso o litigioso de la titularidad de las fincas nº NUM000 y NUM001 de las incluidas en el referido proyecto, pese a que durante la tramitación del mismo se puso en...

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