STSJ Navarra , 14 de Junio de 2004

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2004:825
Número de Recurso1291/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 619/2004 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUÍN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona/Iruña a 14 de junio de 2004 Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del Recurso nº 0001291/2002 y el nº 29/2003 acumulado, promovidos, respectivamente, contra resolución nº 3851 del Tribunal Administrativo de Navarra de fecha 30-10-2002 sobre imposición del 4% del presupuesto total de urbanización como costo de urbanización dimanante del Proyecto de Equidistribución Urbanística proveniente de la Expropiación Forzosa del Sector Ezcaba Canal por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto contra Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Ansoain de fecha 9-1-02, y contra las resoluciones de la Alcaldía del Ayuntamiento de Pamplona, de 16 de diciembre de 2002, y de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Ansoain, de 18 de diciembre de 2002, aprobatorias ambas del Proyecto de Equidistribución Urbanística proveniente del proceso de expropiación forzosa del Sector Ezcaba, siendo en ello partes: como recurrentes CONSTRUCCIONES GREGORIO MARTINEZ, S.A. MIGUEL RICO Y ASOCIADOS, SA, GRUPO ESTEBAN LIZARRAGA, SL, AVANCO, SOCIEDAD ANONIMA DE GESTION INMOBILIARIA (AVANCO), CONSTRUCCIONES SANZOL, SA, NAVARRA DE GESTION Y PROYECTOS INMOBILIARIOS, SL., PRODINVER, SL y CONSTRUCCIONES ARTASO HERMANOS, SL, representados por el Procurador D. .JOSE LUIS BEÚNZA ARBONIES, y dirigidos por el Letrado/a D. JULIAN IGNACIO CAÑAS LABAIRU,; y, como demandados el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL GOBIERNO DE NAVARRA representado y dirigido por el LETRADO de la COMUNIDAD FORAL; el AYUNTAMIENTO DE ANSOÁIN, representado por el Procurador FRANCISCO JAVIER ECHAURI OZCOIDI, y dirigido por el Letrado D. BLAS IGNACIO OTAZU AMATRIAIN; y el AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA representado por el Procurador Sr. /a. SANTOS JULIO LASPIUR GARCÍA, y dirigido por el Letrado D. ANTONIO ARMENDARIZ GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Previa formulación de las demandas correspondientes a los dos recursos ya reseñados, por auto de 31 de marzo de 2003 , se acordó su acumulación.

SEGUNDO

Dado traslado de aquéllas a las partes demandadas, Gobierno de Navarra, Ayuntamiento de Ansoain y Ayuntamiento de Pamplona, se opusieron a las mismas.

TERCERO

Recibido el proceso a prueba, se practicó, con el resultado que en autos consta, la propuesta y admitida; y, evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo que ha tenido lugar el pasado día 9, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La única y misma cuestión planteada en los dos recursos acumulados que ahora se resuelven se concreta en si es o no ajustada a derecho la exigencia a la parte actora, en concepto de costos de gestión urbanística y económica, del cuatro por ciento del presupuesto total del Proyecto de Equidistribución Urbanística al que queda hecha referencia en el encabezamiento.

Sostiene la actora, resumidamente, en cuanto a la exigencia misma, que ésta sólo es posible, ex. art. 36 de la Ley Foral de Haciendas Locales , cuando el sistema de actuación sea el de Cooperación; no cuando, como en este caso, se actúa...

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