STSJ Navarra , 29 de Marzo de 2000

PonenteFELIPE FRESNEDA PLAZA
ECLIES:TSJNA:2000:557
Número de Recurso1199/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

S.R. ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ MAGISTRADOS, D. FCO JAVIER PUEYO CALLEJA D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a veintinueve de marzo de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1.199/97, promovido contra la Resolución nª 243/97, de 1 de Abril, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se acuerda la comisión de Servicios de Dña. Natalia , para el desempeño del puesto de trabajo de Jefe de Negociado de Personal Docente y Contratado de la Universidad Pública de Navarra, siendo en ello partes: como recurrente El Sindicato "LANGILE ABERTZALEEN BARTZORDEAK" representado y dirigido por el Letrado Sr. Rocandio; y como demandada UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA representada y dirigida por la Letrada Sra. Palacios.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora interpuso recurso contencioso-administrativo contra resolución expresada en el encabezamiento.

SEGUNDO

Reclamado el expediente administrativo, de conformidad con el artículos 61 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1.956, y una vez que fue remitido este, con lo que se tuvo por personada y parte a la Administración de los autos recurridos, se dió traslado a la parte recurrente para que formulara la demanda, lo que hizo en término legal, alegando, esencialmente las nulidad del acuerdo recurrido por cuanto que no se encuentra acreditada la urgente inaplazable necesidad necesaria a tenor del artículo 67 del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado para proceder al nombramiento en comisión de servicio para la provisión del puesto de trabajo a que se refiere la impugnación.

TERCERO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda, alegando la legalidad del acuerdo recurrido.

CUARTO

Las partes solicitaron el recibimiento del juicio a prueba, habiéndose acordado de conformidad con lo solicitado, y practicado la que consta en las actuaciones.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FELIPE FRESNEDA PLAZA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se plantea en el presente recurso jurisdiccional, la impugnación de la Resolución nª

243/97, de 1 de Abril, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se acuerda la comisión de Servicios de Dña. Natalia , para el desempeño del puesto de trabajo de Jefe de Personal docente y contratado de la Universidad Pública de Navarra.

La parte recurrente alega, esencialmente, no se encuentra acreditada la urgente inaplazable necesidad necesaria a tenor del artículo 67 del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado para proceder al nombramiento en comisión de servicio para la provisión del puesto de trabajo a que se refiere la impugnación

SEGUNDO

Se opone por la parte demandada, Universidad Pública de Navarra, causa de inadmisibilidad del...

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