STSJ Galicia , 31 de Mayo de 2004

PonenteMARIA TERESA CONDE-PUMPIDO TOURON
ECLIES:TSJGAL:2004:3398
Número de Recurso5358/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Social

MARIA ASUNCIÓN BARRIO CALLE SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

Recurso núm. 5358/01 SGP (A)

Iltmo. Sr.. D. Luis F. de Castro Fernández PRESIDENTE Iltma. Sra. Dª. Rosa María Rodríguez Rodríguez Ilma. Sra. Dª. Teresa Conde Pumpido Tourón A Coruña, a treinta y uno de mayo de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 5358/01 interpuesto por DON Ismael , DON Jose Miguel y DON Alvaro contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. TRES de A Coruña siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª. Teresa Conde Pumpido Tourón.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por DON Ismael , DON Jose Miguel y DON Alvaro en reclamación de OTROS EXTREMOS, siendo demandado DON Joaquín , DON Carlos Manuel , DON Antonio , DON Jon , DON Carlos Antonio , DON Benedicto , DON Manuel , DON Luis Alberto , DON Cornelio , DON Tomás , DON Alberto , en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 453/01 sentencia con fecha veintitrés de julio de dos mil tino, por el Juzgado de referencia , que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- Los actores son DIRECCION000 de Personal de la empresa CAOLINES DE VIMIANZO SA. elegidos en el año 1999, y presentados por el Sindicato UGT SEGUNDO.- Con fecha 9 de abril de 2001 un total de 17 trabajo adores de la empresa presentan escrito ante el SMAC. solicitando la celebración de Asamblea para proceder a la revocación de los citados representantes, a celebrar el día 22 de mayo a las 13,30 horas en las instalaciones de la empresa. La empresa tiene una plantilla de 37 trabajadores./

TERCERO

En el citado día se celebra la Asamblea a la que asiste un DIRECCION000 de personal, D. Jose Miguel , quien participa en la votación. No asisten los otros dos DIRECCION000 . En acta consta que al asistente se le ofrece la participación en la Mesa o el nombramiento de interventor en su caso, sin que por Su parte se haya elevado protesta alguna. Dicho DIRECCION000 comprobó la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios de la empresa./ CUARTO.- La Asamblea la preside D. Antonio actuando como Secretario D. Benedicto . Participan en la votación 24 trabajadores, votando a favor de la revocación 19, 4 en contra y uno en blanco. Se redacta acta de revocación que se remite al SMAC".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por D. Ismael y D. Jose Miguel absuelvo de la misma a la totalidad de los demandados".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimo la demanda, se alza el recurso interpuesto por los demandantes, pretendiendo la revisión del relato fáctico, en base a lo previsto en el artículo 191 b) del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral y con amparo en el artículo 191 c)

de la Ley de Procedimiento Laboral , se formula por el recurrente la censura jurídica de la Sentencia de...

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