STSJ Cataluña , 29 de Marzo de 2001

PonenteANA RUBIRA MORENO
ECLIES:TSJCAT:2001:4366
Número de Recurso2101/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION QUINTA Recurso n° 2101/1996 SENTENCIA N° 418/2001 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE DON JOAQUIN JOSE ORTIZ BLASCO MAGISTRADOS DON ANTONIO MOYA GARRIDO DOÑA ANA RUBIRA MORENO En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de marzo de dos mil uno. LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION QUINTA), ha pronunciado la siguientes SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo número 2101/1996, interpuesto por DON Cosme , representado por la Procuradora DOÑA ANA SALINAS PARRA y dirigido por el Letrado DON RAFAEL SALINAS PARRA, contra la DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL, representada y dirigida por el Señor ABOGADO DEL ESTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación de la parte actora, por escrito presentado en la Secretaria de esta Sala, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada el 13 de junio de 1996 por el General de División, Subdirector General de Operaciones, por delegación del Director General de la Guardia Civil, que acuerda revocar la licencia "F" (armas de concurso) de la que era titular Don Cosme ..

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley reguladora de esta Jurisdicción. La actora dedujo demanda en la que tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, terminaba suplicando que se dicte sentencia declarando nulo, anulable o revoque el acto objeto de impugnación.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó la desestimación del recurso.

CUARTO

Se prosiguió el trámite correspondiente y se recibió el juicio a prueba, mediante auto de fecha 7 de julio de 1998, con el resultado que obra en autos evacuándose, seguidamente, el trámite de conclusiones sucintas y se señaló para votación y fallo el 29 de marzo de 2001 QUINTO.- En la sustanciación de este de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña ANA RUBIRA MORENO, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de la parte actora interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada el 13 de junio de 1996 por el General de División, Subdirector General de Operaciones, por delegación del Director General de la Guardia Civil, que acuerda revocar la licencia "F" (armas de concurso) de la que era titular Don Cosme .

SEGUNDO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 97.5 y 98.1 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, la resolución impugnada acuerda revocar la licencia de armas F, que documenta las armas de concurso de tiro deportivo de afiliados a...

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