STSJ País Vasco , 26 de Octubre de 2000

PonenteLUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA
ECLIES:TSJPV:2000:5087
Número de Recurso6034/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 6034/97 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 548 /2000 ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA Dª CARMEN ALVAREZ THEURER D. ROBERTO SAIZ FERNANDEZ En la Villa de BILBAO, a veintiseis de Octubre de dos mil. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 6034/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la Resolución del Área de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Bilbao fecha de 10 de Noviembre de 1.997.

Son partes en dicho recurso: como recurrente ORGANISMO AUTONOMO DE CORREOS Y TELEGRAFOS -MINISTERIO DE FOMENTO- , representado y dirigido por el ABOGADO DEL ESTADO.

Como demandada EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BILBAO, representado por el Procurador D. GONZALO DE AROSTEGUI GOMEZ y dirigido por el Letrado D. JOSE MARIA EGUIA CALVIÑO.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA, Magistrado de esta Sala.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 19 de Noviembre de 1.997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que el ABOGADO DEL ESTADO actuando nombre y en la representación que legalmente ostenta, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Área de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Bilbao fecha de 10 de Noviembre de 1.997; quedando registrado dicho recurso con el número 6034/97.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 18.106.- ptas.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare la no conformidad a derecho de la resolución impugnada.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, confirmando la legalidad del acto impugnado.

CUARTO

El procedimiento no se recibió a prueba por no estimarlo necesario esta Sala.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 09/10/00 se señaló el pasado día 17/10/00 para la votación y fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

II.-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

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PRIMERO

En el presente recurso es materia de revisión jurisdiccional a instancia de la Abogacía el Estado la Resolución del Área de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Bilbao fecha de 10 de Noviembre de 1.997 mediante la que se desestima el recurso de reposición formulado por el Organismo Autónomo Correos y Telégrafos frente a liquidación girada en concepto de Precios Públicos por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales de dominio público municipal, correspondiente al vado o paso de vehículos a través de la acera situado frente a la Calle Alameda de Mazarredo nº 12 de esta Villa y al ejercicio de 1.997, con importe de 18.106 pesetas.

En fundamento del recurso se invoca el articulo 4º de la Ordenanza municipal reguladora de dichos precios públicos, en tanto establece que, "no estarán obligadas al pago de precios públicos las Administraciones Públicas por los aprovechamientos inherentes a los servicios públicos de comunicaciones que exploten directamente...". Y como en dicha calle radica oficina de Correos y Telegrafos,-entonces Organismo autónomo de...

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