STSJ Castilla-La Mancha , 23 de Enero de 2003

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2003:254
Número de Recurso922/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 922/99 ALBACETE SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº 29 En Albacete, a veintitrés de Enero de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 922/99 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de DON Enrique , mayor de edad, vecino de Casas de los Pinos (Cuenca) y con D.N.I. NUM000 , representado por el Procurador Don Rafael Romero Tendero y dirigido por la Letrado Doña Maria Amelia Buedo Moreno, contra la Confederación Hidrográfica del Guadiana, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado; en materia de inscripción de aprovechamiento. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado, Don Miguel Angel Pérez Yuste.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en 13 de Septiembre de 1999, recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de fecha 7 de Julio de 1999. Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que estimando la presente demanda, se declare la procedencia del recurso de revisión interpuesto en su día, anulando la resolución impugnada, y en consecuencia, entrando a conocer sobre el fondo del asunto, se orden la inscripción del aprovechamiento de Autos, a los efectos de lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera y Cuarta de la vigente Ley de Aguas, con una superficie total de riego de 21 Hectáreas, o bien se declare la nulidad de pleno derecho de todas las actuaciones realizadas, desde la notificación de la Resolución de 26 de Diciembre de 1994 incluida, retrotrayéndose las actuaciones hasta el trámite de audiencia al interesado, notificándole la propuesta de resolución. Segundo. Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia en la que se desestime el recurso, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 15 de Enero de 2003, en que tuvo lugar. Cuarto. En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Es objeto de impugnación la Resolución dictada por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 7 de Julio de 1999, por la que no se admite a trámite el recurso de revisión interpuesto contra resolución de la citada Confederación Hidrográfica de 13 de Octubre de 1997; en esta resolución se desestimó, por extemporáneo el recurso de reposición contra Resolución del citado Organismo de 26 de Diciembre de 1994, por la que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR