STSJ País Vasco , 9 de Marzo de 2001
Ponente | MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ |
ECLI | ES:TSJPV:2001:1318 |
Número de Recurso | 5436/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 5436/97 ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 283/2001 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DOÑA ANA I. RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:
DON LUIS A. GARRIDO BENGOECHEA DOÑA MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En la Villa de BILBAO, a nueve de Marzo de Dos mil uno. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 5436/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: el Acuerdo del Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Guipúzcoa, de fecha 30 de julio de 1.997, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Abastecimiento de Agua a Tolosaldea 1ª Fase, declarando su utilidad pública.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente DOÑA Begoña , representado por el Procurador SR.ARENAZA ARTABE y dirigido por el Letrado SR.ORUE-ETXEBARRIA ITURRI.
Como demandada DIPUTACION FORAL DE GUIPUZCOA, representado por la Procuradora SRA.URIZAR ARANCIBIA y dirigido por el Letrado SR.IBARGUCHI OTERMIN.
Ha sido Magistrado Ponente la Iltma. Sra. DOÑA MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ.
El día 13 de octubre de 1997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que el Procurador SR.ARENAZA ARTABE actuando en nombre y representación de la recurrente, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Diputados de la Diputación Foral de
Guipúzcoa, de fecha 30 de julio de 1.997, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Abastecimiento de Agua a Tolosaldea 1ª Fase, declarando su utilidad pública; quedando registrado dicho recurso con el número 5436/97.
El presente recurso, por disposición legal, se reputa de cuantía indeterminada.
En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare no ajustado a derecho el acuerdo adoptado por el Consejo de Diputados de la Excma.Diputación Foral de Gipuzkoa en reunión de 30 de julio de 1997, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Abastecimiento a Tolosaldea - 1ª Fase, en lo referente a la ubicación de la caseta de bombeo de Tolosa.
En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso en todos sus pedimentos, imponiendo las costas a la recurrente.
El procedimiento se recibió a prueba, que se desarrolló con el resultado que obra en autos.
En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.
Por resolución de fecha 01/02/01 se señaló el pasado día 06/02/01 para la votación y fallo del presente recurso.
En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Alberto Arenaza Artabe en nombre y representación de Dña. Begoña , el Acuerdo del Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Guipúzcoa, de fecha 30 de julio de 1.997, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Abastecimiento de Agua a Tolosaldea 1ª Fase, declarando su utilidad pública.
Solicita la actora que esta Sala con estimación del recurso, dicte sentencia por la que se declare la disconformidad a derecho del acto impugnado.
La Diputación Foral de Guipúzcoa, se opone a lo...
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