STSJ Comunidad de Madrid , 3 de Octubre de 2002

PonenteFERNANDO DE MATEO MENENDEZ
ECLIES:TSJM:2002:12716
Número de Recurso1431/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 1.431/ 97 SENTENCIA NÚM. 1.280 Ilmos. Sres.

Presidente Don Alfredo Roldán Herrero Magistrados Doña Clara Martínez de Careaga y García Doña Fátima Arana Azpitarte Don Fernando de Mateo Menéndez Doña María Jesús Vegas Tores En la Villa de Madrid, a tres de octubre de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.431/ 97, interpuesto por el Letrado don Manuel de la Rosa García, en nombre y en representación de DON Lázaro y OTROS, contra el acuerdo de 17 de abril de 1997 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Han sido partes LA COMUNIDAD DE MADRID, representada por el Letrado don Arturo Merelo Cueva y el AYUNTAMIENTO DE MADRID, representado por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Morales Price.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando los actos impugnados en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a las partes demandadas para que la contestaran en el plazo de veinte días, lo que realizaron mediante los correspondientes escritos, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimaron pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

Mediante Auto se acordó el recibimiento del recurso a prueba, llevándose a la practica las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y fallo el día 1 de octubre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

SIENDO PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. Don Fernando de Mateo Menéndez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandante impugna el acuerdo de 17 de abril de 1997 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.

Para la mejor comprensión del asunto, es conveniente poner de relieve los siguientes hechos derivados de las actuaciones:

  1. El PGOUM de 17 de marzo de 1985 configuraba la Unidad de Ejecución 18/18 como una Unidad de Actuación Continua predeterminada por el Plan General cuya delimitación se tramitaría de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del RGU. B) En fecha 26 de diciembre de 1991 la CAM aprobó definitivamente una Modificación del PG. para posibilitar los nuevos accesos al aeropuerto de Barajas, Modificación que afectó a la UA. 18/18.

  2. Con fecha de 30 de septiembre de 1992 el Ayuntamiento Pleno aprobó inicialmente por unanimidad la delimitación de la Unidad Continua de Ejecución 18/18 de Barajas.

    En fecha 28 de enero de 1994 el Ayuntamiento en Pleno aprobó de forma definitiva la delimitación de la Unidad Continua de Ejecución 18/18 de Barajas determinando como sistema de actuación el compensación.

  3. El Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión celebrada el día 28 de junio de 1993 acordó exponer a información pública los trabajos de elaboración del nuevo Plan General de Madrid, durante el plazo comprendido entre la fecha de publicación del citado acuerdo en el BOCAM., que fue el día 9 de julio de 1993 hasta el 15 de diciembre del mismo año.

  4. La aprobación inicial del Plan General se produjo por el Ayuntamiento en Pleno de Madrid el día 29 de marzo de 1995, abriéndose un período de información pública que tuvo lugar durante el 30 de marzo al 30 de octubre de 1995.

    Como consecuencia de las alegaciones formuladas, se produjeron una serie de modificaciones sustanciales, por lo que se abrió un nuevo período de información pública acordado por el Ayuntamiento de Madrid el 26 de julio de 1996. Dicho período de información pública tuvo lugar entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de 1996.

  5. Por acuerdo de 10 de diciembre de 1996 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid se aprobó...

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