STSJ Comunidad de Madrid , 7 de Noviembre de 2000
Ponente | FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION |
ECLI | ES:TSJM:2000:13291 |
Número de Recurso | 3/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso de apelación 3/00 SENTENCIA NUMERO 985 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:
Presidente.
Don José Félix Méndez Canseco.
Magistrados:
Dña. Francisca María Rosas Carrión.
Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.
En la Villa de Madrid, a siete de noviembre de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 3/00, interpuesto por D. Benedicto DIRECCION000 de INSTITUTO SUPERIOR DE ESTÉTICA, defendido y representado por la Letrada Dña. María José Carrero García contra la Sentencia de fecha 4.6.99, dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo n° 4 , por la que declaró la inadmisibilidad de un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra acuerdo de la Recaudación Ejecutiva del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, de 21.12.98, recaída en expediente de apremio, que disponía solicitar autorización judicial de entrada en domicilio para llevar a cabo las operaciones de embargo de bienes acordada
El día 4.6.99, se dictó, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de los de Madrid, sentencia por la que declaró la inadmisibilidad de un recurso contencioso- administrativo interpuesto contra acuerdo de la Recaudación Ejecutiva del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, de 21.12.98, recaída en expediente de apremio, que disponía solicitar autorización judicial de entrada en domicilio para llevar a cabo las operaciones de embargo de bienes acordada.
Por escrito de fecha 23 de junio de 1999, la representación de "INSTITUTO SUPERIOR DE ESTÉTICA, S.L." interpuso recurso de apelación contra dicha resolución solicitando se revoque dicha Sentencia y se dicte otra en su lugar la que se declare la admisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado del mismo a la Administración demandada, que evacuó el mismo por escrito de fecha 2 de diciembre de 1999, se opuso al mismo y solicitó su desestimación y la confirmación de la Resolución recurrida.
Por providencia de fecha 15 de diciembre de 1999, se acordó elevar testimonio de la pieza separada de suspensión del acto administrativo a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Segunda, siendo designado Magistrada Ponente la Iltma. Sra. Dña. Francisca María Rosas Carrión, señalándose el día 7 de noviembre de 2000, para la deliberación, votación y fallo del recurso de apelación.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los arts. 80.3. y 85 de la Ley Jurisdiccional 29/98 .
Se impugna en apelación la sentencia de 4.6.99, que declaró la inadmisibilidad de un recurso contencioso- administrativo interpuesto contra...
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