STSJ Andalucía , 2 de Diciembre de 2002

PonenteRAFAEL PUYA JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2002:16817
Número de Recurso246/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚM. 246/01 JUZGADO: ALMERÍA NÚM. UNO SENTENCIA NÚM. 828 DE 2.002 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados Don Juan Manuel Cívico García Doña María Luisa Martín Morales

En la Ciudad de Granada, a dos de diciembre de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 246/01 dimanante del Procedimiento Ordinario núm.

169/00, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de los de Almería, siendo parte apelante DOÑA Cristina y DON Juan Luis , que comparecen representados por la Procuradora de Almería Dª. Mélida Segura Hurtado y dirigidos por Letrado; y parte apelada: la DIRECCIÓN GENERAL DE FARMACIA Y CONCIERTOS DE LA CONSEJERÍA DE SALUD DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Letrado adscrito a su Gabinete Jurídico y DOÑA María , que comparece representada y dirigida por la Letrada de Almería Dª. Josefa María Real Quevedo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería, en fecha 26 de marzo de 2.001, dicto sentencia núm. 83/01, en el Procedimiento Ordinario núm. 169/00 tramitado ante el mismo, en la que se acordaba: "Estimar la causa de inadmisibilidad de extemporaneidad en la interposición del recurso judicial, al haber sido anunciado fuera de plazo. Sin costas". SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido por el Juzgado, se dió traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por las partes apeladas escritos de impugnación de dicho recurso. TERCERO.- Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó Ponente al Ilmo. Sr. D. Rafael Puya Jiménez, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso de apelación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería, en fecha 26 de marzo de 2.001, en el recurso contencioso-administrativo núm. 169/00, interpuesto contra...

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