STSJ Cataluña , 13 de Julio de 2001
Ponente | LUIS MARIA DIAZ VALCARCEL |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:9180 |
Número de Recurso | 684/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 684/96 Partes: Dª. Luz C/ AYUNTAMIENTO DE VALLBONA SENTENCIA N°651 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ MAGISTRADOS D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ D. LUÍS Mª DÍAZ VALCARCEL En la ciudad de Barcelona, a trece de julio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°
684/96, interpuesto por Dª. Luz , representado y defendido por el letrado D. DAVID SERRA LAZARO, contra EL AYUNTAMIENTO DE VALLBONA, representado por el Procurador D. ÁNGEL QUEMADA RUÍZ y defendido por el letrado D. JUAN MORERA ASIAIN.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUÍS Mª DÍAZ VALCARCEL, quien expresa el parecer de la SALA.
El letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo adoptado el 28 de febrero de 1996 por el Ayuntamiento de Vallbona d'Anoia desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra la cuota asignada en el expediente de aplicación de Contribuciones especiales para la ejecución de la obra "
Urbanització del medi urbá. Sector sud 2ª fase".
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Por auto de 8 de marzo de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 10 de julio del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
El presente recurso contencioso administrativo interpuesto a nombre de Luz tiene por objeto la pretensión anulatoria del Acuerdo adoptado el 28 de febrero de 1996 por el Ayuntamiento de Vallbona d'Anoia (Registro de salida n° 159) por el cual se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la cuota asignada en el expediente de aplicación de Contribuciones especiales para la ejecución de la obra " Urbanització del medi urbá. Sector sud. 2ª fase". La cuantía del recurso se cifra en 660.510 pesetas.
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