STSJ Comunidad de Madrid , 27 de Junio de 2000

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2000:8453
Número de Recurso1837/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 1837/97 SENTENCIA NUMERO 613 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca María Rosas Carrión.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sanchez.

D. Javier E. López Candela.

En la Villa de Madrid, a veintisiete de junio de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1837/97, interpuesto por PLISA MADRID 2000 S.L., defendida por el Letrado D. Manuel Matamoros Hernández y representada por el Procurador D. Federico Olivares de Santiago, contra la resolución dictada por el Ayuntamiento de Madrid, con fecha 24 de marzo de 1997, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra el decreto que denegaba la solicitud de ampliación de licencia de actividad del local sito en C/ Hilarión Eslava n° 16 de Madrid. Expediente n°

107/95/5716. Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 3 de junio de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 23 de marzo de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 27 de junio de 2000, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Francisca María Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actividad administrativa objeto de este proceso denegó a la recurrente la solicitud de licencia de ampliación de instalación y actividad, en el local denominado "Touch Down", ubicado en la planta baja del edificio n° 16 de la calle de Hilarión Eslava, de esta ciudad, por incumplimiento de la normativa de Zona Ambientalmente Protegida, que le era aplicable.

SEGUNDO

El decreto del Iltmo. Sr. Concejal Presidente de la Junta Municipal de Distrito de Chamberí, de 14.2.97, confirmado por el 24.3.97, de la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, consideró que la licencia solicitada, de ampliación de elementos industriales y actualización de bar especial, encubría la implantación de una nueva actividad, en la que manteniendo parte de la actividad inicialmente licenciada - de bar con venta de embutidos- se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR