STSJ Andalucía , 28 de Junio de 2000

PonenteRAFAEL PEREZ NIETO
ECLIES:TSJAND:2000:9834
Número de Recurso313/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

D. RAFAEL OSUNA OSTOSD. RUPERTO MARTINEZ MORALESD. RAFAEL PEREZ NIETO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.

SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

SECCIÓN TERCERA.

RECURSO 313/97 .

(Registro General número 1449/97 ).

SENTENCIA

Iltmo. Sr. Presidente

Don Rafael Osuna Ostos.

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Ruperto Martínez Morales.

Don Rafael Pérez Nieto .

En Sevilla, a 28 de junio del año dos mil.

La Sala en Sevilla de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso número 313/97, interpuesto por la Unión Provincial de Empresarios de la Construcción, representada por el procurador Sr. Cabello Sánchez, contra la Mancomunidad de Aguas "Costa de Huelva", representada por el procurador Sr. Castellano Ortega. La cuantía es indeterminada. Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Don Rafael Pérez Nieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 27 de febrero de 1997, contra la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Alcantarillado y Depuración de Vertidos de la Mancomunidad de Aguas "Costa de Huelva", de fecha 30-12-1996 y publicada en el BOP de fecha 31-12- 1.996 .

SEGUNDO

En el escrito de demanda la parte recurrente solicitó que se dictara sentencia por la que anule la resolución recurrida, por ser contraria a derecho

TERCERO

En el escrito de contestación a la demanda, la Administración se opuso a las pretensiones de la parte recurrente, y pidió que se dicte sentencia en la que se inadmita el recurso contencioso administrativo o, subsidiariamente, que se desestime íntegramente .

CUARTO

Se señaló para votación y Fallo el día 28 de junio del año 2000 en el que, efectivamente, se ha votado y fallado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se debate en el presente recurso contencioso administrativo la conformidad a Derecho de la 1ª Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Alcantarillado y Depuración de Vertidos de la Mancomunidad de Aguas "Costa de Huelva", de fecha 30-12- 1996y publicada en el BOP el día 31-12-1996 .

SEGUNDO

La entidad administrativa demandada ha opuesto óbice de inadmisibilidad consistente en la falta de legitimación de la Unión Provincial de Empresarios de la Construcción de Huelva, y que se derivaría -según se afirma- de la ausencia de un interés específico y diferenciado sobre la impugnación de la Ordenanza reguladora de las tasas de alcantarillado y depuración La causa de inadmisión, sin embargo, no puede acogerse. Es verdad que la asociación empresarial demandante tiene por objeto la "representación, gestión y defensa" de los intereses de los empresarios asociados, conforme a la Ley 19/1997, de 1 de abril, de Asociación Sindical Pero ello no quiere decir que la defensa jurisdiccional contencioso-administrativa por parte de las asociaciones empresariales tenga que constreñirse a los estrechos límites del art. 32 de la LJCA de 27-12-1956, de forma que sólo quepa que las asociaciones empresariales puedan promover la tutela efectiva respecto a cuestiones que afecten estrictamente al ámbito...

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