STSJ Andalucía , 7 de Noviembre de 2000

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TSJAND:2000:16722
Número de Recurso2099/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 2099/1996 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 1.489 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados Don Federico Lázaro Guil Don Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a siete de noviembre de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2099/1996, seguido a instancia de la entidad mercantil COMPAÑÍA LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS CLH S.A., que comparece representada por el Procurador Sr. García Valdecadasas Ruíz y asistida de Letrado, siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA, en cuya representación interviene el Procurador Sr. Alcalde Sánchez y defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos. La cuantía del recurso es de 4.048.916 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 10 de junio de 1996, contra desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de devolución de ingresos indebidos dirigida al Ayuntamiento de Almería por la entidad mercantil Compañía Logística de Hidrocarburos CLH S.A. en fecha 11 de enero de 1996, de devolución de ingresos indebidos de los tributos abonados por dicha entidad al Ayuntamiento de Almería por los siguientes conceptos: Impuesto de Construciones y Obras por licencia de obras para estaciones de servicios en Avenida de Monserrat (1.496.426 ptas) y en Carretera de Ronda (1.249.191 ptas), licencia urbanística de obras (respectivamente 236.776 y 197.657 ptas) y licencia de apertura (respectivamente 473.552 y 395.314 ptas). Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y se declare el derecho de mi mandante a obtener la devolución de la cantidad de 4.048.916 ptas indebidamente ingresada al Ayuntamiento de Almería por los conceptos tributarios de tasas municipales por licencia de obras, de apertura e Impuesto de Construcciones Instalaciones y obras en relación con las dos estaciones de servicio a la que se hace mención y cuya construcción nunca se comenzó; y se condene al Ayuntamiento a reintegrar dicha cantidad incrementada en el interés legal devengado desde la fecha de su ingreso indebido..

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando el recurso aunque reconociendo el derecho a la devolución de la cantidad ingresada por ICIO, no contenga condena por ello al Ayuntamiento de Almería por estar tramitándose por dicho Ayuntamiento la devolución de ingresos indebidos y no haberse producido esta por causa imputable únicamente a la demandante, sin que haya lugar al pago de intereses legales.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se dirige contra desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de devolución de ingresos indebidos dirigida al Ayuntamiento de Almería por la entidad mercantil Compañía Logística de Hidrocarburos CLH S.A. en fecha 11 de enero de 1996, de devolución de ingresos indebidos de los tributos abonados por dicha entidad al Ayuntamiento de Almería por los siguientes conceptos: Impuesto de Construcciones y Obras por licencia de obras para estaciones de servicios en Avenida de Monserrat (1.496.426 ptas) y en Carretera de Ronda (1.249.191 ptas), licencia urbanística de obras (respectivamente 236.776 y 197.657 ptas) y licencia de apertura (respectivamente 473.552 y 395.314 ptas). La certificación de acto presunto se solicitó con fecha 13 de mayo de 1996, sin que el Ayuntamiento resolviera expresamente en el plazo de los veinte días...

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