STSJ Comunidad de Madrid , 11 de Febrero de 2003

PonenteELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI
ECLIES:TSJM:2003:2112
Número de Recurso2312/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

R. 2312/98 Recurso 2312/98 SENTENCIA NUMERO 192 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Javier E. López Candela.

Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Dñª. Sandra González de Lara Mingo.

D. Miguel Angel García Alonso D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la Villa de Madrid, once de febrero de dos mil tres.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso- administrativo número 2312/98 interpuesto por COPAIS SA representados por el Letrado D. Gabino contra acuerdo del Director General del Ente Público RTVE de fecha 18 de febrero 1.998. Siendo parte el Ente Publico RTVE, representado por el procurador D. Luis Pozas Osset.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de 9 de Marzo de 2000, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba del presente recurso.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 12 de Abril de 2000 y, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideraron pertinentes, las partes terminaron suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que por auto de fecha 27 de Septiembre de 2001 se acordó recibir a prueba el presente recurso, a cuyo efecto se concede a las partes el término de treinta días comunes para la proposición y practica de prueba, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 11 de febrero de 2003, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Iltma. Sra. Dña Elvira Adoración Rodríguez Martí.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente "SOPAIS, SA" representado por el Letrado D. Gabino impugna la resolución de fecha 2 de Marzo de 1.998 dictada por el Director del Área de Patrimonio y Servicios Centralizados de RTVE que desestimó el recurso interpuesto contra resolución de fecha 18 de Febrero de 1.998 que le requería para que presentase fianza por importe de 72.612.000 pesetas por considerar su oferta con baja temeraria conforme a...

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