STSJ Comunidad de Madrid , 6 de Febrero de 2003

PonenteFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
ECLIES:TSJM:2003:1838
Número de Recurso1956/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 1956/98 SENTENCIA NUMERO 159 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don Javier E. López Candela.

Magistrados:

Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

D. Miguel Ángel García Alonso D. Francisco Javier Canabal Conejos D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la Villa de Madrid, a seis de febrero de dos mil tres.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso- administrativo número 1956/98, interpuesto por la Entidad Urbanística de Gestión Jardín de Serracines, representada por el Letrado Sr. Rico Fernández, contra Acuerdo de 27.11.97 de utilización de viario, dictado por el Pleno del Ayuntamiento de Fresno de Torote. Siendo parte el Ayuntamiento de Fresno de Torote, representado por el Letrado Sr. Ríos Izquierdo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 3 de abril de 2000, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación del Ayuntamiento de Fresno de Torote, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 29 de diciembre de 2000, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, por Auto de fecha 2 de octubre de 2001, se acordó haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso, practicándose la admitida con el resultado obrante en autos. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 6 de febrero de 2003, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS: Siendo Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don Francisco Javier Canabal Conejos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna el Acuerdo de 27.11.97 dictado por el Pleno del Ayuntamiento de Fresno de Torote, que " aprobaba que pueda existir tránsito de personas y vehículos por la calle Zorzales pero no de camiones determinado que deberán colocarse unos limitadores de altura y anchura para prohibir el paso de camiones por la calle Zorzales ".

Señala el recurrente que tal aprobación es nula de pleno derecho por infracción de los artículos 78 y ss de la Ley 30/92, 254 de la Ley del Suelo y 6.2.2 de las NNSS del citado Ayuntamiento.

SEGUNDO

Las NNSS del Ayuntamiento de Fresno de Torote en su artículo 6.2.2, expresamente determinan que " la separación entre tránsito peatonal y de vehículos señalado en los planos de ordenación tiene carácter indicativo, pudiendo ser variado en su disposición sin que represente modificación de estas Normas Subsidiarias., si bien su alteración deberá ser motivada y considerada por la corporación municipal una vez sometida a un mes de información al...

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