STSJ Andalucía , 17 de Octubre de 2003

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2003:13338
Número de Recurso920/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 920/03 Sentencia nº : 1788/03 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES En Málaga a 17 de octubre de dos mil tres.

La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por D. Braulio contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número siete de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Braulio sobre derechos siendo demandado Ministerio de Medio Ambiente habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 17 de octubre de 2002 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. ).- D. Braulio , mayor de edad y domiciliado en Marbella, desempeña su actividad por cuenta del Ministerio de Medio Ambiente con categoría profesional de vigilante de Costas personal laboral.

  2. ).- Se da aquí por reproducida la siguiente documentación que obra unida a las actuaciones:

    -Certificado médico de 29.5.00 por el que se pone de relieve que le esposa del actor presenta afectación neuromuscular así como desregulación de la presión arterial. Seria precisa para su mejora clínica vivir en un clima cálido sin variaciones de temperatura y humedad. Precisa de ayuda para la realización de las tareas de la vida diaria.

    -Escrito de 18.8.00 sobre solicitud de traslado a Sta Cruz de Tenerife, al puesto de trabajo 5576 al hallarse vacante el mismo.

  3. ).- Interpuesta reclamación previa el 18.12.00 fue desestimada por r de 20.6.01.

  4. ).- La demanda jurisdiccional se interpuso el 5.2.02.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte actora, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Que contra la sentencia de instancia que desestima la demanda en reclamación de derechos promovida por el actor y confirma la resolución administrativa impugnada, interpone recurso de...

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