STSJ Canarias , 28 de Noviembre de 2000

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2000:4099
Número de Recurso534/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

TRIB.SUPERIOR JUSTICIA SALA SOCIAL LAS PALMAS SENTENCIA: 00883/2000 ROLLO N° RSU 534 /1999 40125 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL. SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS En LAS PALMAS a veintiocho de Noviembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres. DON HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ Presidente DOÑA MARIA JESUS GARCIA HERNÁNDEZ, DON ANTONIO DORESTE ARMAS Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por AYUNTAMIENTO DE GALDAR contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GALDAR de fecha 19 de Febrero de 1999, dictada en los autos de juicio n°

555/1998 en proceso sobre DRECHOS, y entablado por DON Vicente frente a AYUNTAMIENTO DE GALDAR.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. /ña. MARIA JESUS GARCIA HERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: 1°).- El demandante Don Vicente ha venido prestando servicios para el Ayuntamiento de Gáldar como albañil desde el 9 de octubre de 1992 en diversos períodos hasta el. 15 de noviembre de 1995 en virtud de diversos contratos temporales, según se especifica en la vida laboral adjuntada como prueba que se da por reproducida, pasando a percibir prestaciones por desempleo desde el 16 de noviembre de 1995 al 15 de marzo de 1996. 2°).- Con fecha 24 de Abril de 1996 el actor inició nueva relación laboral con el Ayuntamiento demandado para trabajar como albañil en virtud de contrato temporal para obra o servicio determinado consistente terminación de obras de muro en Sardina, zanjas en taya, taponar cantonera calle Doramas y acera de calle Artemi Semidan, al amparo del RD 2546/94 , contratación que persiste a la fecha del juicio. 3°).- El Ayuntamiento de Gáldar ha encargado al actor en 1997 y 1998 la realización además de las siguientes obras: edificio de la Asociación de vecinos de San Isidro colocando pisos, escaleras, encalando, haciendo baños; asfaltado calle Guadalete en Barrial y alrededor del campo de fútbol de Barrial; colocación de tubería de desagüe a un propietario de bajos recursos económicos; obras en las guarderías de La Montaña y San Isidro, así como construcción de una pared en Sardina; escenarios para las fiestas de Barrial. No consta resolución expresa a la reclamación previa efectuada el 11 de Agosto de 1998.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

Estimar la demanda formulada por DON Vicente contra el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GALDAR, declarando que la relación laboral que une al demandante con dicha entidad es de carácter indefinido desde el 24 de Abril de 1996, y condenando a la...

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