STSJ Comunidad de Madrid 1239/2005, 22 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO
ECLIES:TSJM:2005:11299
Número de Recurso1522/2004
Número de Resolución1239/2005
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

JESUS CUDERO BLASMARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCOCRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINAMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANOEVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLASFRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 01239/2005

Ponente: Sra. Guilló.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION SEXTA

APELACIÓN Nº1522/2004

SENTENCIA Nº1239

Ilmos. Sres:

Presidente: D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Doña Teresa Delgado Velasco

Doña Cristina Cadenas Cortina

Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano

Doña Eva Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elias

En la Villa de Madrid, a 22 de septiembre de 2005.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del presente recurso de apelación numero 1522/2004, interpuesto contra la Sentencia dictada el 20 de mayo de 2004 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 26 de los de Madrid en el recurso contencioso núm. 103/03. Ha sido parte apelante don Carlos María, funcionario actuando en su propio nombre y representación, y como apelado el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, representado y defendido por el Letrado Consistorial don Luis Fernando Clavijo Aguilar y don Inocencio, representado por la Procuradora doña Belén Aroca Florez. Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 26 de los de Madrid se dictó Sentencia, en fecha 20 de mayo de 2004, cuya parte dispositiva acordaba la desestimación del recurso administrativo interpuesto por don Carlos María contra la resolución dictada por la Concejalía Delegada del Área de Personal del Ayuntamiento de Madrid, resolución del concurso FG 40/2002, adjudicación de plaza nº NUM000, de 5 de septiembre del 2002 (publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid en fecha 17 de abril del 2003) al funcionario don Inocencio, confirmándola por entender que la misma era ajustada a Derecho. En fecha 28 de mayo de 2004 se dicta Auto de aclaración de dicha Sentencia en cuya parte dispositiva se acuerda aclarar la mencionada resolución, en cuyo fallo se había omitido al otro recurrente, completando el mismo en el sentido de desestimar el recurso contencioso interpuesto por don Carlos María y don Jose Miguel.

SEGUNDO

Con fecha 21 de junio de 2004, por don Carlos María, funcionario actuando en su propio nombre y representación, se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba la estimación del recurso de apelación, la revocación de la Sentencia apelada y la estimación del recurso contencioso administrativo en su día interpuesto por el mismo, anulando la adjudicación efectuada en el Concurso FG 40/2002, debiendo retrotraerse el tramite administrativo a la fase de proceder a la valoración de meritos de los aspirantes sin tener en cuenta como merito en el apartado 1, el desempeño de la plaza de Jefatura por el Sr. Inocencio, al constituir una violación de decisión firme anulatoria de la provisión anterior dictada por la Sala y, por lo tanto, un incumplimiento indirecto de la decisión judicial.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sala y personado el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, que formuló oposición a la apelación interpuesta de contrario, mediante escrito presentado en fecha 15 de julio siguiente, así como don Inocencio que, asimismo formuló oposición a la apelación interpuesta por el recurrente, se señaló para votación y fallo el día 21 de septiembre de 2005.

Ha sido Ponente, la Ilma. Sra. Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por don Carlos María, funcionario actuando en su propio nombre y representación, se impugna en el presente recurso de apelación la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 26 de los de Madrid, en fecha 20 de mayo de 2004, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Mauricio en representación de don Carlos María contra resolución dictada por la Concejalía Delegada del Área de Personal del Ayuntamiento de Madrid, resolución del concurso FG 40/2002, adjudicación de plaza nº NUM000, de 5 de septiembre del 2002 (publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid en fecha 17 de abril del 2003) al funcionario don Inocencio, confirmándola al entender que la misma es ajustada a Derecho. No se hace expresa imposición de costas procésales".

Conviene comenzar por recordar que la sentencia que ahora se impugna desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por el actual apelante, Sr. Carlos María y otro, contra resolución del Ayuntamiento de Madrid, antes reseñada, por la que se adjudicaba la plaza de Jefe de Sección de Industrias de la Junta Municipal de Distrito de Chamartín, ofertada en el concurso de meritos también reseñado anteriormente, por entender, en esencia, que los dos motivos alegados por la parte actora en apoyo de su pretensión impugnatoria no podían prosperar. El primero de dichos motivos, hacia referencia expresa a la disconformidad a Derecho que representaba el haber valorado como merito especifico en el adjudicatario de la plaza, Sr. Inocencio, el tiempo que este había venido desempeñado con carácter provisional esa misma plaza que ahora se sacaba a concurso de meritos, cuando precisamente tal nombramiento provisional anterior había sido declarado nulo por esta misma Sección Sexta del TSJ de Madrid en sentencia de fecha 15 de febrero de 2003 que confirmó la...

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