STSJ Navarra , 19 de Enero de 2000

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2000:58
Número de Recurso1145/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a diecinueve de enero de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1.145/96, promovido contra la Resolución dictada por el Tribunal Económico -Administrativo Regional de Navarra de 23-4-96, desestimatoria de la Reclamación nº 485/95 interpuesta contra el Acuerdo dictado por el Jefe de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Navarra, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto frente a la resolución desestimatoria de la solicitud de devolución del importe ingresado por el concepto de TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO, 2º PLAZO AÑO 1.990, siendo en ello partes: como recurrente RECREATIVOS AFER, S.L. representada por Procurador Sr. Castillo y dirigida por el letrado Sr. Valdés Sánchez; y como demandado LA ADMINISTRACIÓN representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tras los oportunos trámites procesales, por escrito de 4 de octubre de 1996, se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en súplica de que se dicte sentencia por la que se declare el derecho del recurrente a la devolución de ingresos indebidos motivados por el abono del segundo plazo de la tasa fiscal sobre el juego segundo plazo de 1990 por importe de 283.500 pesetas mas los intereses legales devengados hasta su completa devolución.

SEGUNDO

Efectuado el traslado correspondiente, por escrito de 21 de julio de 1999 se opuso el Abogado del Estado a la demanda.

TERCERO

No solicitado el recibimiento a prueba y evacuado por escrito el trámite de conclusiones, el pasado día 12 tuvo lugar la votación y fallo.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente era titular de diversas máquinas de juego tipo B, cuatro de las cuales hubo de retirar y dar de baja en el mes de junio de 1990 como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Foral del Juego 11/1989, de 27 de junio . Respecto de ellas, había satisfecho en el mes de enero de 1990 el cincuenta por ciento de la tasa y el 17 de septiembre satisfizo el otro cincuenta por ciento, que es la...

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