STSJ Cantabria , 19 de Abril de 2004

PonenteMARIA TERESA MARIJUAN ARIAS
ECLIES:TSJCANT:2004:660
Número de Recurso364/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD SANTANDER SENTENCIA: 00295/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente:

Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Doña María Josefa Artaza Bilbao ? 9472^ 72 En la Ciudad de Santander, a 19 de abril de 2004. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 364/03 , interpuesto por EMBUTIDOS Y AHUMADOS IBERICA representada por el Procurador Sr. González Fuentes y defendida por el Letrado Sr. Fernández Perelló, contra la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA) representado y defendido por los Servicios Jurídicos del Estado. La cuantía del recurso es de 81.617'37 euros. Es Ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 10 de abril de 2003 contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 3 de febrero de 2003, por la que se desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta contra liquidación practicada por la A.E.A.T. en concepto de IVA a compensar por los ejercicios de 1994 y 1995 por importe de 29.391'91 euros.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico, interesando le sea reconocida como cantidad a compensar en concepto de IVA la suma de 81.617'37 euros.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda la Administración demandada solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

No recibido el proceso a prueba y evacuados los correspondientes escritos de conclusiones,se señaló fecha para la deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 15 de abril de 2004, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 3 de febrero de 2003, por la que se desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta contra liquidación practicada por la A.E.A.T. en concepto de IVA a compensar por los ejercicios de 1994 y 1995 por importe de 29.391'91 euros.

SEGUNDO

El examen del expediente administrativo y de la documentación acompañada con el escrito de demanda resulta decisivo a la hora de resolver la presente controversia, ya que de la documental obrante en autos se desprende que: a) la mercantil demandada cesó en su actividad en el año 1997, presentando en enero de 1996 declaracion-resumen anual del IVA de 1995 en la que se obtenía una determinada cantidad a compensar y...

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