STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Septiembre de 2002

PonenteFERNANDO DE MATEO MENENDEZ
ECLIES:TSJM:2002:12213
Número de Recurso1036/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 1.036/98 SENTENCIA NÚM. 1.251 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE Don Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS Doña Clara Martínez de Careaga y García Doña Fátima Arana Azpitarte Don Fernando de Mateo Menéndez Don José Daniel Sanz Heredero Doña María Jesús Vegas Torres En la Villa de Madrid, a veintiséis de septiembre de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.036/98, interpuesto por el Letrado don José Francisco Carballo Pujals, en nombre y representación de JURICA, SA., contra el Decreto de 17 de septiembre de 1994 del Gerente Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, que confirma en reposición el Decreto de 27 de diciembre de 1993, que desestimaba la petición de devolución de 3.809.988 ptas cantidad fijada como saldo a cuenta de la liquidación provisional de la reparcelación económica correspondiente a la finca sita en la calle Piamonte núm. 4 de esta Capital. Ha sido parte EL AYUNTAMIENTO DE MADRID, representado por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Mortales Price.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y fallo el día 24 de septiembre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE el Magistrado Iltmo. Sr. Don Fernando de Mateo Menéndez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sociedad demandante impugna el Decreto de 17 de septiembre de 1994 del Gerente Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, que confirma en reposición el Decreto de 27 de diciembre de 1993, que desestimaba la petición de devolución de 3.809.988 ptas cantidad fijada como saldo a cuenta de la liquidación provisional de la reparcelación económica correspondiente a la finca sita en la calle Piamonte núm. 4 de esta...

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