STSJ Comunidad de Madrid , 9 de Abril de 2001
Ponente | JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO |
ECLI | ES:TSJM:2001:5007 |
Número de Recurso | 610/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 9 de Abril de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Ltdo. Sr. García Ruiz Abogado del Estado TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 610 de 1997 PONENTE Sr. Juan Ignacio González Escribano SENTENCIA N° 335 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a nueve de abril de dos mil uno Visto por la Sala del margen el recurso n° 610 de 1997 interpuesto por el letrado Sr. García Ruiz en representación de D. Joaquín contra Fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 10 de diciembre de 1996, Sala Tercera, que desestima la reclamación Num. 28/01713/93 interpuesta contra la liquidación girada en concepto de Actividades Económicas; habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía. La cuantía del recurso es indeterminada.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 9 de abril de 1997 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 1 de marzo de 2001 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Que para la resolución del presente recurso han de tenerse en cuenta como hechos probados y no...
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