STSJ Comunidad de Madrid , 7 de Octubre de 2002

PonenteFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA
ECLIES:TSJM:2002:12974
Número de Recurso2397/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Ltda. Dª Mª Luz Molano Colmenarejo Ayuntamiento de Madrid TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 2397 de 1998 PONENTE Sr. Francisco Javier Sancho Cuesta SENTENCIA N° 1013 Presidente Iltmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín Dª Carmen Álvarez Theurer Dª Mª Rosario Ornosa Fernández D. Francisco Javier Sancho Cuesta.

D. José Tomé Paule En Madrid a siete de octubre de dos mil dos. Visto el recurso n° 2397 de 1998 interpuesto por doña María del Pilar representada por la Letrada doña Mª Luz Molano Colmenarejo contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid de 27-7-98 que desestimó el recurso de reposición interpuesto en fecha 20-5-97, acumulado al presentado al 24-2-97 ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, contra las liquidaciones de IAE de los periodos 1994, 1995, 1996 y 1997; Habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut.

La cuantía del recurso es de 482,99 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 10 de noviembre de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No acordado el recibimiento a prueba, se dio traslado a las partes sucesivamente para conclusiones, quienes las evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 3 de octubre de 2002 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Francisco Javier Sancho Cuesta.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y...

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