STSJ Aragón , 17 de Abril de 2001

ECLIES:TSJAR:2001:1202
Número de Recurso1714/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA, de refuerzo- RECURSO N° 1714/97-A SENTENCIA N° 379 DE 2001 Zaragoza, diecisiete de abril de dos mil uno. En nombre de S. M., el Rey. Visto por la Ilma. Magistrada Dª M. Mar García Matute, de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Tercera de refuerzo, constituida en la forma establecida en el apartado 2 de la Disposición Transitoria única de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso número 1714/97-A, seguido entre las partes, como demandante D. Carlos Alberto , representado por la Procuradora Dª. Esther Garcés Nogués y asistido por el Letrado D. Wenceslao Pascual Tesán, como demandada la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada y defendida por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social.

Es objeto de este recurso la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de 19 de septiembre de 1997 confirmando las actas de liquidación en los expedientes n°

97 10234763 y 97 10234864.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: 670.927 ptas.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - La actora interpuso ante esta Sala recurso contra la resolución contra la resolución citada.

    Admitido a trámite, formalizó la demanda por la que interesó la nulidad de aquellas resoluciones.

  2. - La administración demandada contestó la demanda oponiéndose a la misma y solicitó la desestimación de la misma por ser conforme a derecho la resolución recurrida.

  3. - Recibido el juicio a prueba fue practicada la documental propuesta por la actora .

  4. - En conclusiones las partes insistieron en sus alegaciones y peticiones, quedando el recurso pendiente de señalamiento.

  5. - Por acuerdo de la Presidencia de la Sala de 31 de octubre se constituyó la sección Tercera de refuerzo, atribuyéndose a dicha Sección el conocimiento, entre otros, del presente recurso, decretándose por providencia del día siguiente efectuar la designación de Ponente, así como la constitución de la Sala exclusivamente con el Magistrado Ponente para conocimiento y resolución del mismo, según lo establecido en las reglas de competencia del artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la Disposición Transitoria única de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, de reforma de la LOPJ y el Acuerdo de la Comisión de la Sala de Gobierno de 10 de diciembre de 1998, una vez firme la misma, se trajeron los autos a la vista para sentencia, con citación de las partes.

  6. - Por providencia de fecha veintisiete de marzo se declararon los autos conclusos y vistos para sentencia.

    1. -

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Constituye el objeto de este recurso determinar si es conforme al Ordenamiento Jurídico la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de 19 de septiembre de 1997 confirmando las actas de liquidación en los expedientes n° 97 10234763 y 97 10234864.

    De los hechos consignados en las Actas de Liquidación, la Administración concluye que D. Carlos Alberto , en el periodo 1-11-91 a 1-10-95 ha venido ejerciendo de forma habitual y permanente como Administrador de Fincas, Agente de Seguros, sin haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, compatibilizando esta situación primero con la de trabajador por cuenta ajena y luego como preceptor de las prestaciones por desempleo en el periodo 28-11-94 a 30-9-95, recibiendo en esta situación la cantidad de...

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