STSJ Andalucía , 18 de Diciembre de 2002

PonenteLUIS FELIPE VINUESA
ECLIES:TSJAND:2002:17734
Número de Recurso1548/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Social

MJ SENT. NÚM. 3.724/02 SECCIÓN SEGUNDA ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA PRESIDENTE ILTMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a Dieciocho de Diciembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1.548/02, interpuesto por Dª. Amanda contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de los de Granada en fecha 19 de Marzo de 2.000 en Autos núm. 82/02, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FELIPE VINUESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Amanda en reclamación sobre despido (SAS), contra Dª. Antonieta y del SAS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 19 de Marzo de 2.000, por la que estimando la excepción de falta de acción absuelve a los demandados de las pretensiones deducidas en la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Que la demandante, D/Dª. Amanda , el 10 de mayo de 2000, suscribió un nombramiento de sustitución de personal estatutario de carácter temporal para sustituir a Dª. Carmela , ATS/DUE, ausente de su puesto de trabajo por enfermedad común. Con posterioridad suscribió sucesivamente otros nombramiento de sustitución de la misma persona, el 5 de enero de 2001, 11 de mayo de 2001, 11 de agosto de 2001, ausente por maternidad, por permiso sin sueldo, por reducción de jornada por guarda legal, respectivamente.

  2. - Que la sustituida, Dª. Carmela , en virtud del nombramiento de fecha 14 de marzo de 1995, de personal sanitario no facultativo eventual para sustituciones, venía sustituyendo, a su vez, a Dª. Consuelo , ausente temporalmente de su puesto de trabajo por motivo de desempeño de cargo.

  3. - Que el día 4 de diciembre de 2001 fue cesada por incorporación a jornada completa de la sustituida Dª. Carmela en otra plaza distinta en la que venia siendo sustituida.

    Que, en consecuencia, el 4 de diciembre de 2001, la actora, siendo las 13,45 horas, solicitó la disponibilidad en la Bolsa de Contratación de la Delegación Provincial de Salud de Granada, de conformidad con el punto 3.2 de las Normas Generales para la provisión de puestos de trabajo con carácter temporal de las Il.SS. del SAS en la provincia de Granada, que textualmente dispone:

    "En nombramiento de duración indeterminada, la disponibilidad deberá ser instada por el interesado ante la Unidad de Contratación que realizó el contrato/nombramiento, ésta, será efectiva como máximo a los dos días hábiles de su petición, siempre que dicha petición se produzca antes de las 10 horas de la mañana."

  4. - Que el día 4 de diciembre de 2001, Dª. Carmela renunció al nombramiento de sustitución que venía desempeñando, como consecuencia de la oferta de nombramiento interino vacante en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves. Que dicho nombramiento lo desempeña en régimen de jornada completa.

  5. - Que el 12 de diciembre de 2001, la demandante suscribió con la misma categoría y retribución, un nombramiento de sustitución para sustituir a Dª. Alejandro , ausente por incapacidad temporal. El 18 de diciembre de 2001 vuelve a suscribir otro nombramiento de la misma naturaleza y causa, sustituyendo a la misma trabajadora, y al día de la fecha continúa trabajando.

  6. - Que el salario día de la actora asciende a 29,30 euros, que se desglosa de la manera...

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