STSJ Castilla y León , 5 de Noviembre de 2003

PonenteMARIA TERESA MONASTERIO PEREZ
ECLIES:TSJCL:2003:4996
Número de Recurso972/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a cinco de Noviembre de dos mil tres.

En el recurso de Suplicación número 972/2003 interpuesto por la representación letrada de QUESOS FRIAS S.A., frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Burgos en autos número 460/03 seguidos a instancia Dª Yolanda , contra la ESTRELLA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., ADECCO TT S.A., QUESOS FRIAS S.A. y MAPFRE INDUSTRIAL S.A., en reclamación sobre Cantidad. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª María Teresa Monasterio Pérez que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 2 de julio de 2003 cuya parte dispositiva dice: "Que estimando parcialmente como estimo la demanda interpuesta por Doña Yolanda contra Quesos Frías S.A. y Mapfre Industrial S.A. de Seguros y desestimándola en cuanto formulada contra Adecco TT SA y La Estrella Seguros y Reaseguros SA, a quienes se absuelve, debo condenar y condeno a Quesos Frías S.A. a que abone a la actora la suma de 497.333,31 euros, con responsabilidad solidaria de Mapfre Industrial SA de Seguros en un importe de 150.102,77 euros, más el interés legal desde la fecha de la interpelación judicial, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago".

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante, Doña Yolanda , nacida el 3/6/1980, suscribió con fecha 27/8/2001 contrato de trabajo con la empresa de trabajo temporal Adecco TT SA al amparo del RD 2720/98 , Ley 29/99 , Ley 63/97 y Ley 12/01 para prestar servicios desde esa fecha en la empresa Quesos Frías SA con categoría de oficial de 3a profesional de oficio, siendo sus funciones las "propias del departamento de quesos y helados"

y con un salario diario de 39,23 , en virtud de contrato de puesta a disposición celebrado entre ambas empresas el mismo día 27/8/2001. No obstante, las funciones desempeñadas por la actora no fueron las reseñadas, sino las propias del puesto de trabajo de expediciones, en el que ya venia prestando servicios desde el 20/8/2001, en virtud de contrato de puesta a disposición anterior, de fecha 13 de agosto de 2001.

En ambos contratos, al describir los riesgos del puesto de trabajo se indicaba "caída de personas al mismo nivel, caída de objetos por manipulación, golpes contra objetos inmóviles, golpes y contactos con elementos ...véase información anexa sobre riesgos laborales", donde se establecía, bajo la rubrica de "transporte de cargas", "no sobrepasar la carga útil de la maquina, no colocarse para aumentar el contrapeso de las mismas, queda prohibido transportar personas en las maquinas, solamente conducirán las maquinas personas autorizadas, esta prohibido circular a velocidades altas, la conducción debe realizarse a velocidades moderadas y fundamentalmente en zonas de escasa visibilidad o giros". En la ficha elaborada al amparo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y suscrita por ambas empresas y la trabajadora se describieron como riesgos del puesto genéricos "caída de personas al mismo nivel, caída de objetos por manipulación, golpes contra objetos inmóviles, golpes y contactos con elementos móviles de maquinas, atrapamientos por o entre objetos, atrapamientos por vuelco de maquinas, sobresfuerzos exposición a temperaturas extremas, contactos eléctricos" y como riesgos específicos "ídem de los riesgos genéricos, resbalones". Dentro de la evaluación de riesgos, el de atrapamiento por vuelco de maquinas se califica como de probabilidad baja, de severidad grave y de estimación tolerable. E1 riesgo de atrapamiento por vuelco de maquinas también figura como propio de los puestos de trabajo de fabricación de quesos y helados y de expediciones en la evaluación de riesgos efectuada en el mes de agosto de 2000, que Quesos Frías SA había entregado a Adecco TT SA el 1/1/2001, describiéndose en el apartado 12 de la siguiente forma: "riesgos de lesiones por el vuelco de equipos en movimiento en la proximidad del puesto de trabajo.

Ejemplo: carretillas mecánicas, grúas, hormigoneras, tractores, maquinaria de movimiento de tierras, etc".

En dicha evaluación no se hace alusión alguna a la realización de trabajos con carretillas automotoras en el puesto de helados y quesos. Quesos Frías SA cuenta con Manual de Prevención de Riesgos Laborales en los términos que constan en autos (folios 221 a 231) y que se dan por reproducidos. Adecco TT SA proporciono a la actora un Curso Genérico de Prevención de Riesgos Laborales (orden y limpieza, manejo manual de cargas, ruido, incendio y electricidad) de dos horas de duración celebrado el 27 de marzo de 2000. SEGUNDO.- Con fecha 6/9/2001, con el fin de desempeñar una función de su trabajo en el puesto de expediciones, que consistía en transportar cajas vacías de plástico desde la sección a un patio exterior, así como de traer a la sección embalajes de cartón situados en otra edificación de la empresa, la demandante se puso a los mandos de una carretilla automotora, para realizar las operaciones descritas. Dicha carretilla había sido fabricada en 1991 y era usada por la empresa con anterioridad al año 1996. Después...

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