STSJ Comunidad Valenciana 1549/2008, 16 de Mayo de 2008

PonenteANTONIO MARTINEZ ZAMORA
ECLIES:TSJCV:2008:2971
Número de Recurso1933/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1549/2008
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

1549/2008

2

R. C.sent.nº 1.933/07

Recurso contra Sentencia núm. 1.933 de 2.007

Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma Sra. Dª Maria Montes Cebrian

En Valencia, a dieciséis de mayo de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1.549 de 2.008

En el Recurso de Suplicación núm. 1933/07, interpuesto contra la sentencia de fecha 7 de febrero de 2.007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 15 de Valencia, en los autos núm. 319/06, seguidos sobre ACCIDENTE TRABAJO, a instancia de MUTUA UNIVERSAL MUGENAT, representada por la letrada Dª Victoria Barberá, contra el INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL, Domingo, representado por el letrado D. Jesús Sanchez, y SEGURITAS SEGURIDAD ESPAÑA, y en los que es recurrente la demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 7 de febrero de 2.007, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Mutua de A.T. y E.P. UMERO 10 MUTUA UNIVERSAL MUGENAT, debo absolver y absuelvo de las pretensiones contenidas en la misma al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a la TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL, al trabajador D. Domingo y a la empresa SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "Que el trabajador codemandado D. Domingo sufrió el 22 de junio de 2.004, sobre las 22,20 horas, un accidente de tráfico, mientras conducía motocicleta Honda CB-750, volvía de su trabajo como guarda de seguridad, por cuenta de la empresa codemandada SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la carretera CV-309, cuando al llegar al kilómetro 0,300 de la misma, donde había una curva a la izquierda, a nivel y de visibilidad reducida por la configuración de la calzada se salió de la misma por el margen derecho, chocando contra el panel direccional y volcando en la cuneta, produciéndose lesiones que han generado un proceso de incapacidad temporal con duración hasta el 29 d eoctubre de 2.005. SEGUNDO.- Que la empresa referida, tenía concertado el riesgo, con la Mutua de A.T. y E.P. número 10 MUTUA UNIVERSAL MUGENAT, con la que estaba al corriente de sus obligaciones de cotización por el trabajador, así como de las de afiliación y alta del mismo en el sistema de la seguridad social. TERCERO.- Que, emitido el...

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