STSJ Canarias , 10 de Marzo de 2000

PonenteMANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO
ECLIES:TSJICAN:2000:963
Número de Recurso169/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 169/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO SOCIAL Recurso n° 169/98 Secretaria: Mª EUGENIA CALAMITA DOMÍNGUEZ fimos. Sres:

Dª. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ D. MANUEL MARTÍN HERNÁNDEZ CARRILLO En Las Palmas de Gran Canaria a 10 de Marzo de 2.000.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA N° 203/2.000 En el rollo de suplicación interpuesto por Dª. María Angeles contra la sentencia de fecha 22.5.97, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL n° 5 de los de esta provincia, en los autos de juicio 795/96 sobre prestaciones. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL MARTÍN HERNÁNDEZ CARRILLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por De María Angeles contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otros y que en su día se celebró la vista, dictándose sentencia con fecha 22.5.97 por el JUZGADO DE LO SOCIAL n° 5 de los de esta Provincia .

SEGUNDO

En la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los Siguientes:

PRIMERO

Que Doña María Angeles , con DNI NUM000 , se encuentra afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el N° NUM001 . SEGUNDO.- La actora trabajando con fecha 8-7-1995, para "Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote", en el Hospital Insular de Lanzarote, con la categoría profesional de

Moza de Lencería, arrastrando una carretilla, se golpeó en el pie, siendo diagnosticada de rotura parcial del tendón de Aquiles, en sus dos terceras partes y con adherencia a la región subcutánea. TERCERO.- Que "Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote", tiene cubierto el Seguro de accidentes con la entidad "Mutua de Accidentes de Canarias", encontrándose al corriente del pago. CUARTO.- Con fecha 8-7-1995, la mutua aseguradora "Mutua de Accidentes de Canarias", da de baja a la actora por accidente laboral, formulando con fecha 13-5-1996, informe propuesta de Lesiones Permanentes no Invalidantes, por sufrir una Talalgia Crónica y alteraciones musculares. QUINTO.- Con fecha 27-3-1996, la actora es examinada por la UVMI, quien la diagnostica las siguientes lesiones: Diabetes Mellitus Tipo II. HTA. Hipotiroidismo. Talalgía Crónica.

Alteraciones Musculares.

SEXTO

Con fecha 3-6- 1996, el Instituto Nacional de la Seguridad Social declara a la actora no afecta a Invalidez Permanente en ninguno de sus grados. SÉPTIMO.- Con fecha 8-7-1996, la actora presenta reclamación previa, la cual es desestimada con fecha 26-8-1996. OCTAVO.- La base reguladora diaria de la actora es de 3.900 ptas.

TERCERO

La sentencia de instancia contiene el siguiente Fallo: Que estimando en parte la demanda presentada por Doña María Angeles , contra "Instituto Nacional de la Seguridad Social", "Mutua de Accidentes de Canarias", "Tesorería General de la Seguridad Social", "Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote", y contra el Fondo de Garantía Salarial de Accidentes de Trabajo, debo declarar y declaro a la actora afecta a una Invalidez Permanente en grado de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de Moza de Lencería, derivada de accidente laboral, condenando a "Mutua de Accidentes de Canarias" a estar y pasar por esta declaración y a la que abone a la actora una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora de 3.900...

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