STSJ Castilla-La Mancha , 9 de Mayo de 2001

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2001:1492
Número de Recurso1801/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n.1801/97 Albacete SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº

En Albacete, a nueve de mayo del dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1801/97 del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de Dña. Elisa y D. Mauricio , como herederos de D. Inocencio representados y dirigidos por la Letrada Dña. Ascensión Martínez Tebar contra la Consejería de Obras Públicas representada y dirigida por los Servicios Jurídicos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, actuando como codemandado "UAP. IBERICA Cía. Seguros" representado y dirigido por la Procuradora Sra. Ana María Pérez Casas en materia Responsabilidad Patrimonial. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 27 de noviembre de 1997, recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Consejería de Obras Públicas de Castilla La Mancha, de fecha 13 de noviembre de 1997.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que se estime la demanda, condenando a la Administración demandada al abono de 18.000.000 ptas., más los intereses de demora desde el día en que el órgano administrativo recibió la reclamación previa, por la responsabilidad patrimonial derivada de la muerte de D. Inocencio , con expresa condena en costas a la Administración demandada, todo ello con cuanto más proceda en Derecho.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada y por la parte codemandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendieron aplicables, solicitaron una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición íntegra de las costas a la parte contraria.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 30 de abril del 2001, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Es objeto del presente recurso la desestimación presunta por la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha de la reclamación por responsabilidad Patrimonial por importe de 18.000.000 ptas., como consecuencia del fallecimiento de D. Inocencio en accidente de circulación ocurrido el 20-I-1996 en la carretera CM-412, punto kilométrico 277.450.

Segundo

Para resolver la cuestión planteada es preciso describir la forma en que ocurrió el accidente y que resulta tanto de los escritos de alegaciones como del atestado hecho por la Guardia Civil de Tráfico:

sobre las 4:00 del día 20-I-1996 D. Inocencio conducía la motocicleta Honda CBR 600 matrícula H-....-UM , viajando como usuario D. Rafael . Era de noche, estaba lloviendo, con ligero viento y temperatura fría, encontrándose el firme mojado. Al llegar a la altura del P.K.277`450, trazado curvo a la derecha tras una larga recta, a nivel, de buena visibilidad, en lugar de trazar la curva, bien por distracción del conductor...

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