STSJ Navarra , 12 de Septiembre de 2003

PonenteFELIPE FRESNEDA PLAZA
ECLIES:TSJNA:2003:1179
Número de Recurso1290/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 921/2003 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PEREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA Pamplona/Iruña a doce de septiembre de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0001290/2002, promovido contra la resolución 3.353 de 24.9.02 del Tribunal Administrativo de Navarra estimatoria del recurso de alzada interpuesto por Dª Lorenza contra la desestimación tácita por parte de la recurrente de la solicitud de 7.3.01 sobre petición de documentación., siendo en ello partes: como recurrente el AYUNTAMIENTO DE GALAR, representado por el Procurador Sr. Ortega y dirigido por el Letrado Sr. Jareño; y como demandado el GOBIERNO DE NAVARRA representado y dirigido por su Asesoría Jurídica

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación procesal de la parte actora interpuso recurso contencioso- administrativo contra resolución expresada en el encabezamiento.

SEGUNDO

Reclamado el expediente administrativo, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1.998, y una vez que fue remitido este, se dió traslado a la parte recurrente para que formulara la demanda, lo que hizo en término legal, alegando, esencialmente que la resolución del Tribunal Administrativo de Navarra por la que se estima el recurso de alzada interpuesto frente a resolución del Tribunal Administrativo de Navarra, de 24 de septiembre de 2002 por el se estimaba el recurso de alzada interpuesto frente a denegación presunta de la solicitud de petición de documentación no se ajusta a Derecho, ya que, por un lado, la documentación solicitada fue entregada a la recurrente por el técnico D. Tracasa, D. Millán , y, por otra parte, la documentación solicitada no formaba parte de ningún procedimiento administrativo culminado, sino que se trataba de una medición topográfica efectuada a los efectos de la modificación del Padrón existente a efectos fiscales.

TERCERO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda, alegando la legalidad del acuerdo recurrido.

CUARTO

Las partes solicitaron el recibimiento del juicio a prueba, habiéndose acordado de conformidad con lo solicitado, y practicado la que consta en las actuaciones.

QUINTO

Se formuló por las partes el escrito de conclusiones prevenido en el artículo 62 de la LJCA Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FELIPE FRESNEDA PLAZA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se plantea en el presente recurso jurisdiccional, la impugnación del acuerdo que se expresa en el encabezamiento, y al que se alude a continuación.

La parte recurrente alega, esencialmente, que la resolución del Tribunal Administrativo de Navarra por la que se estima el recurso de alzada interpuesto frente a resolución del Tribunal Administrativo de Navarra, de 24 de septiembre de 2002 por el se estimaba el recurso de alzada interpuesto frente a denegación presunta de la solicitud de petición de documentación, relativa a planos de confección del catastro fiscal, no se ajusta a Derecho, ya que, por un lado, la documentación solicitada fue entregada a la recurrente por el técnico D. Tracasa, D. Millán , y, por otra parte, la documentación solicitada no formaba...

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