STSJ Comunidad de Madrid 1011/2005, 26 de Septiembre de 2005

PonenteEMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA
ECLIES:TSJM:2005:17719
Número de Recurso2865/2005
Número de Resolución1011/2005
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Social

JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO JOSEFINA TRIGUERO AGUDO EMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA

RSU 0002865/2005

T.S.J. MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 01011/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2005 0009392, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 0002865/2005

Materia: INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA EN TRÁMITE DE REVISIÓN

Recurrente/s: Elsa

Recurrido/s: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, INSTITUTO NACIONAL

DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 19 de MADRID de DEMANDA

0000965/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL

MADRID

Sección Tercera

Secretaría Sr. Fariñas Matoni

Recurso nº 2865/05

Sentencia nº 1011/05 -AF

Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero

Presidente

Ilma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo

Ilma. Sra.Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada

En Madrid, a veintiséis de Septiembre de dos mil cinco

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación nº 2865/05 interpuesto por Dña. Elsa, representada por el Letrado D. Javier Toledo Martín, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Diecinueve de los de MADRID, en los Autos nº 965/04, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 965/04 del Juzgado de lo Social nº Diecinueve de los de Madrid, se presentó demanda por Dña. Elsa, contra el INSS y la TGSS, en materia de Incapacidad Permanente Absoluta en trámite de revisión, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha veintiuno de Enero de dos mil cinco en los términos siguientes:

DESESTIMANDO la demanda formulada por Dña. Elsa frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS) y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS) DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la parte demandada de las pretensiones su contra deducidas por la actora.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

1.- La actora Dña. Elsa nacida el 15-8-39 figura afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000.

2.- La profesión habitual de la actora es la de Oficial de 3ª Fabricación.

3.- Por sentencia del Juzgado Social n° 5 de Madrid de 25-3-1998 se declaró a la actora en situación de Incapacidad Permanente Total. Con derecho a percibir un 75% de la base reguladora de 188.333 ptas. con el siguiente cuadro clínico: -fibromialgia, espondiloartrosis, osteoporosis, síndrome túnel carpiano derecho intervenido, rizartrosis bilateral y síndrome depresivo. En el año 2000 la actora solicitó la revisión de grado, habiéndose desestimado por el INSS y confirmándose la resolución por sentencia del Juzgado Social n° 8 de Madrid de fecha 12-7-2002.

4.- Por Resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid de 22-7-04 se denegó a la actora la revisión de grado. Habiéndose objetivado por el EVI: - Espondiloartrosis. Rizartrosis. Fibromialgia. Distimia. Episodio depresivo. Tratamiento control impulso alimenticio. Síndrome Wolf Parkinson White bien controlado. Hipercolesterolemia. Hipoacusia moderada. En el informe médico de síntesis se recoge en el apartado de conclusiones que tiene lesiones que le limitan para realizar tareas de esfuerzos físico postulares intensos o prolongados.

5.- La actora padece las lesiones objetivadas por el EVI.

6.- La base reguladora de prestación de incapacidad permanente derivada de enfermedad común ascendería a 1.131,90 euros/mes, reconocida por ambas partes.

7.- Se agotó la vía previa.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por Dña. Elsa, representada por el Letrado D. Javier Toledo Martín, siendo impugnado de contrario el INSS y la TGSS, representadas por la Letrada Dña. Pilar Esteban Zaera. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La trabajadora demandante, nacida el día 15 de Agosto de 1939, incluida en el Régimen General, fue declarada afecta de incapacidad permanente total para su profesión habitual de Oficial 3ª de fabricación, derivada de la contingencia de enfermedad común, por sentencia del Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid de fecha 25 de marzo de 1998 con efectos de 10 de Febrero de 1997, e iniciado el correspondiente expediente administrativo instando la revisión del grado de invalidez, por agravación, le fue denegado en la vía administrativa; postula en su demanda la declaración de incapacidad permanente absoluta con las consecuencias legales inherentes a tal calificación, demanda que fue desestimada en la sentencia de instancia, y frente a la misma, se interpone por la...

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