STSJ Cataluña 227/2005, 15 de Marzo de 2005

PonenteENRIQUE GARCIA PONS
ECLIES:TSJCAT:2005:3345
Número de Recurso172/2003
Número de Resolución227/2005
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

D. JOAQUIN JOSE ORTIZ BLASCOD. ALBERTO ANDRES PEREIRAD. ENRIQUE GARCIA PONS

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

Recurso nº 1033/2001

y acumulado 172/2003

SENTENCIA Nº 227/2005

Ilmos. Sres.:

Presidente:

DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO

Magistrados:

DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA

DON ENRIQUE GARCÍA PONS

En la Ciudad de Barcelona, a quince de marzo de dos mil cinco.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso contencioso- administrativo arriba referenciado, interpuesto por la compañía CONSTRUCCIONES CURTO, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Belén Domínguez Romagosa y asistida por el Letrado D. Joan Torrents Valenti, contra el AYUNTAMIENTO DE SANT VICENÇ DELS HORTS, representado por el Procurador de los Tribunales D. Isidro Marín Navarro y asistido por la Letrada Dª. Teresa Isern Saún. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. ENRIQUE GARCÍA PONS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala el día 22 de noviembre de 2001, se interpuso el presente recurso contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la solicitud efectuada al Ayuntamiento de Sant Vicenç dels Horts en fecha 27 de febrero de 2001.

Asimismo, por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala el día 28 de febrero de 2003, se interpuso el recurso número 172/2003 contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la solicitud efectuada al Ayuntamiento de Sant Vicenç dels Horts en fecha 2 de julio de 2002, habiéndose acordado por Auto de fecha 10 de noviembre de 2004 su acumulación al presente recurso número 1033/2001.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos acumulados, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes en ambos recursos, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de la resolución objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, practicadas las pruebas y emitidos los escritos de conclusiones, se señaló día y hora para la votación y fallo del presente recurso y acumulado, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso- administrativo la impugnación ejercitada contra las desestimaciones presuntas, por silencio administrativo, de las solicitudes efectuadas por la parte actora al Ayuntamiento de Sant Vicenç dels Horts en fechas 27 de febrero de 2001 y 2 de julio de 2002.

En la primera de dichas solicitudes la parte actora solicitaba el abono de las certificaciones números 1, 2, 3 y 4 correspondientes a la obra "Arranjament del carrer del riu, tram comprés entre la Plaça Lluís Companys i el carrer d'Antoni Gaudí i el carrer Barcelona, tram comprés entre la plaça Lluís Companys i el carrer de Josep Duran" realizada por Construcciones Curto, S.A., para el Ayuntamiento de Sant Vicenç dels Horts.

En la segunda de dichas solicitudes la parte actora solicitaba el abono de las certificaciones números 3 y 4 de las obras precedentes más intereses de demora de forma desglosada y terminaba solicitando el abono de las siguientes cantidades:

1.- La cantidad de 52.087,09 euros en concepto de Certificaciones de Obra pendientes de pago.

2.- La cantidad de 11.420,56 euros en concepto de intereses de demora por no pagar las certificaciones en el plazo legalmente establecido señalando que se trata de una cantidad calculada hasta el día 31 de diciembre del 2000 y reconocida mediante resolución dictada el día 4 de mayo del año 2001.

3.- La cantidad de 6.539,61 euros en concepto de intereses de demora por no pagar las Certificaciones de obra en los plazos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y que corresponden al periodo comprendido entre el 1 de enero de año 2001 y el 30 de junio del año 2002 siendo cálculos provisionales porque todavía hay...

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