STSJ Castilla-La Mancha , 30 de Julio de 2004

PonentePEDRO LIBRAN SAINZ DE BARANDA
ECLIES:TSJCLM:2004:2148
Número de Recurso234/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 01143/2004 D. JOSE IGNACIO FERNANDEZ-LUNA JIMENEZ, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la siguiente Resolución:

Recurso nº.: 234/03 Ponente:Sr. Pedro Librán Sainz de Baranda Fallo: 22-7-04 Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda Presidente Iltmo. Sr. D. Jesús Rentero Jover Iltmo. Sr. D. Eugenio Cárdenas Calvo

En Albacete, a treinta de julio de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1143 En el Recurso de Suplicación número 234/03 , interpuesto por CONSEJERÍAS DE BIENESTAR SOCIAL Y DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº

3 de Ciudad Real , de fecha veintisiete de septiembre de 2002, en los autos número 473/02 , sobre reclamación por Derechos y Cantidad , siendo recurrido por D. Luis Francisco .

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que en la sentencia recurrida dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

Que desestimando las excepciones de Falta de Jurisdicción, Inadecuación de Procedimiento y Falta de Acción alegadas por la representación procesal de la Consejería de Bienestar Social y Consejería de Administraciones Públicas y entrando a conocer el fondo del litigio, debo estimar y estimo la demanda formulada por D. Luis Francisco frente a la Consejería de Bienestar Social y Consejería de Administraciones Públicas, en reclamación de derecho y cantidad, y en consecuencia, declaro que las funciones que realiza el actor en la categoría de Administrativo de Informática son las propias de la especialidad Analista de Sistemas de Segunda, condenando a la parte demandada a estar y pasar por esta declaración y a que abone al actor la cantidad de 4037,52 euros, con el interés legal establecido en el art. 576 de la LEC ."

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia, y como Hechos Probados, se establecen los siguientes:

PRIMERO

D. Luis Francisco presta servicios para la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha desde el 21-1-1991 en virtud de los siguientes contratos:

-Contrato laboral de interinidad por vacante celebrado el 10-1-1991 prestando servicios en la Dirección General de Informática en Toledo, ostentando la categoría profesional de Administrativo Informática nivel III, dicho contrato finalizó con fecha 29-3-1991 al haber obtenido plaza como personal laboral.

-Contrato como laboral fijo desde el 30-3-1991 prestando servicios en la Dirección General de Informática en Toledo con la categoría de Administrativo Informática especialidad Analista Sistemas 2ª.

-En virtud de promoción interna accedió a la categoría de Administrativo Informática especialidad Explotación, adjudicándole el puesto de Operador de Consola en la Delegación Provincial de Ciudad Real de la Consejería de Bienestar Social donde presta servicios desde el 23-5-1998.

SEGUNDO

al personal de la Delegación Provincial con la categoría de Administrativo Informática especialidad Explotación, adjudicándole el puesto de Operador de Consola en la Delegación Provincial de Ciudad Real de la Consejería de Bienestar Social donde presta servicios desde el 23- 5-1998.

SEGUNDO

Al personal de la Delegación Provincial con la categoría de Administrativo Informática le fue asignada la especialidad de Explotación en virtud de Resolución de 11 de octubre de 1996 de la Consejería de Economía y Administraciones Públicas de conformidad con el acuerdo adoptado por la Comisión Paritaria en desarrollo de lo establecido en el párrafo primero del art. 11 y disposición adicional 2ª

del III Convenio Colectivo para el Personal laboral de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha .

TERCERO

Por Decreto 103/2002 de 23 de julio el puesto de Operador de Consola que desempeña el actor ha sido clasificado como propio de personal funcionario y homologado al puesto de Operador de Consola adscrito al Grupo C, Escala Administrativa de Informática nivel 17, complemento específico de 5634,50 euros y horario especial.

CUARTO

En relación de puestos de trabajo del personal laboral de la Consejería de Bienestar Social de la Provincia de Ciudad Real figura con el código 271302000010020000 Operador de consola categoría Administrativo Informática nivel 3 especialidad explotación-complemento CPH 351351.

QUINTO

El personal informático de las especialidades Sistemas y Desarrollo dependen de la Consejería de Ciencia y Tecnología existiendo personal informático de Desarrollo solo en los Servicios Centrales de la Consejería de Bienestar Social no en las Delegaciones Provinciales.

SEXTO

El personal Administrativo Informático especialidad Desarrollo que presta servicios en la Consejería de Bienestar Social realiza las siguientes funciones:

-Análisis, diseño y codificación de las aplicaciones que le han sido asignadas, tanto en desarrollos nuevos como en mantenimiento:

-Crear la documentación de los proyectos.

-Interlocución con los usuarios de la aplicación.

-Crear los casos de prueba verificar las pruebas realizadas y evaluar los resultados.

-Colaboración en la construcción de la base de datos física.

-Soporte en la puerta en marcha de las aplicaciones desarrolladas.

SEPTIMO

El actor en su puesto de trabajo de operador de consola realiza las siguientes funciones:

a)Configuración física de red en niveles I y II según el modelo ISO de OSI, principalmente en el edificio que aloja Ba la Delegación Provincial de Bienestar Social de Ciudad Real, ya que se encontraba fuera de toda norma. Para lo cual se siguieron los siguientes pasos:

Adecuar la interconexión de la electrónica de red. Diseñar el cableado, asesorar en la contratación de dicho cableado. Realizado en dos fases para la Delegación Provincial. Primera fase, durante la remodelación de la planta baja del edificio sito en calle Postas número 20 de Ciudad Real, en el cual se asesoró para la contratación y se diseñó la base de la estructura actual de la LAN de dicho edificio. En la segunda fase durante las obras de remodelación de segunda planta del mismo edificio siendo diseñado la ampliación de la red para ajustarse a la ya existente.

Consiguiéndose una normalización y adecuación a par trenzado categoría 5; b)Diseño del nuevo cableado telefónico instalado en la Delegación Provincial, siguiendo los principios de optimización, facilitando la movilidad de lineas de forma total, consiguiendo independencia de cualquier empresa instaladora; c)Diseño de la ampliación de red en el edificio de la residencia de mayores asistidos de Ciudad Real, dando señal a 5 plantas de las 6 exisitentes; d)Implantación de infraestructura lógica para posibilitar la administración remota de equipos, tanto de servidores como de estaciones de trabajo. Salvando las limitaciones del SMS "Softaware adquirido por la consejería", ya que no es operativo en equipos por debajo de las 200 megahercios (Mhz), o conectados a líneas inferiores a 128 kilbytes (kb´s); e)Asesoramiento, en adquisición de material informático tanto por parte de la consejería como por parte de la Delegación Provincial; f)Diseño, implementación einstalación de la red lógica Bienestar Social de Ciudad Real y sus centros dependientes que disponen de interconexión, la cual se soporta sobre los siguientes elementos:

Servidores de red, para lo cual se ha configurado ocho servidores con teconología windows levantado los servicios necesarios para el correcto funcionamiento del sistema, entre los que podemos destacar, servicio WINS y servicio DHCP. Realizando en donde ha sido posible la disociación entre servidores de aplicación y de ficheros; Configuración de las ocho LAN que soportan la estructura lógica; Estructuración mediante grupos globales y locales de todos los usuarios existentes, tanto en delegación como en centro periféricos; g) Diseño e implementación de la seguridad, estando en proceso de conseguir un nivel C2, la cual está constituida hasta el momento por los siguientes elementos:

Seguridad de ataques externos, procedente de códigos maliciosos, utilizando "Panda Local Networks"

consiguiéndose una actualización diaria tanto en los servidores de red como en los clientes; Implantación de políticas de seguridad en red, auditando entre otros los accesos no autorizados y eliminaciones de archivos; Diseño, implantación y puesta en servicio de las copias de respaldo en aquellos servidores que dado su configuración física lo permiten;

h) Instalación, mantenimiento y actualización de Sistemas Operativos tanto de servidores como de equipos de usuario, utilizando para ello tecnología Windows NT 4.0 Server, Windows NT Worstation, Windows 2000 Server, Windows 98 y Windows 95, respetando los acuerdos corporativos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha con Microsoft; i) Instalación, mantenimiento y...

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