STSJ Comunidad de Madrid 910/2019, 19 de Noviembre de 2019

PonenteMARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
ECLIES:TSJM:2019:12587
Número de Recurso382/2019
ProcedimientoSocial
Número de Resolución910/2019
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34001360

NIG : 28.079.00.4-2017/0056033

Procedimiento Recurso de Suplicación 382/2019

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid Despidos / Ceses en general 1286/2017

Materia : Despido

Sentencia número: 910/19-FG

Ilmos/a. Srs./a.

D. JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

Dña. M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

En Madrid, a 19 de noviembre de 2019, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Tercera de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación número 382/2019 formalizado por el letrado DON DAVID AGUSTÍ ESMERATS, en nombre y representación de GUESS APPAREL SPAIN, S.L., contra la sentencia número 42/2019 de fecha 25 de enero, dictada por el Juzgado de lo Social número 16 de los de Madrid, en sus autos número 1286/2017, seguidos a instancia de DOÑA Nuria frente a la recurrente, en reclamación por despido, siendo magistradaponente la Ilma. Sra. Dña. M. Virginia García Alarcón, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO.- La demandante DOÑA Nuria, ingresó en la empresa GUESS APPAREL SPAIN, SL el 10/12/2014, con categoría profesional de Ayudante de dependiente y un salario de 1.125.- Euros/mes brutos con p.p.e. Folio 19.

SEGUNDO.- Con fecha 19/10/2017 la empresa demandada procede a remitir al actor la comunicación escrita obrante al folio 13 de lo actuado, que aquí se reproduce.

TERCERO.- Acumuladamente reclama la actora la cantidad de 1.124,73.- Euros según refleja en el hecho tercero de la demanda por el concepto de finiquito, documento unido al folio 20.

CUARTO.- Que se presentó en fecha 08/11/2017papeleta-demanda ante el SMAC celebrándose el acto de conciliación el 27/11/2017, con el resultado de celebrado sin avenencia.

QUINTO.- La demanda origen de las presentes actuaciones aparece interpuesta en fecha 29/11/2017.

SEXTA.- En la empresa no es realizable la readmisión, interrogatorio de la demandada no compareciente, unido al hecho de la propia incomparecencia, pese a estar citado en legal forma.

Habiendo solicitado la actora en el acto de juicio, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 110.1.b) de la LRJS, que se tenga por efectuada la opción por la indemnización y se extinga la relación laboral en sentencia.

TERCERO

En la resolución recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por Nuria contra GUESS APPAREL SPAIN, SL debo declarar y declaro la improcedencia del despido y en consecuencia condeno a la empresa GUESS APPAREL SPAIN, SL, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone a la actora la indemnización cifrada en 5.085,62.- Euros a razón de 33 días desde ese día hasta la fecha de sentencia y con salario del hecho primero, así como al abono de los salarios de tramitación en la cantidad de

17.163,36.- Euros.

Abonar la cantidad de 1.124,73.- Euros por los conceptos expresados, incrementada con el 10% de interés por mora los de naturaleza salarial.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandada formalizándolo posteriormente, habiendo sido impugnado por el letrado DON ÁNGEL MEJÍAS SANTIAGO, en representación de demandante.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrada Magistrada-Ponente, se dispuso el pase de los autos a la misma para su conocimiento y estudio, señalándose el día 19 de noviembre de 2019 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con amparo en el apartado a) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, denuncia la recurrente la infracción de los artículos 110.1.b), en relación con el 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 85.1 y 91.2 de la citada ley reguladora y solicitando la nulidad de la sentencia por considerar que se le ha ocasionado indefensión, alegando que se declara extinguido el contrato a la fecha de su dictado, reconociéndole los salarios de tramitación, sin que se...

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