STSJ Comunidad de Madrid 908/2019, 18 de Noviembre de 2019

PonenteMARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2019:12765
Número de Recurso879/2019
ProcedimientoSocial
Número de Resolución908/2019
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Social

R. S. 879/19 TP

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34002650

NIG : 28.079.00.4-2018/0037480

Procedimiento Recurso de Suplicación 879/2019

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid Despidos / Ceses en general 823/2018

Materia : Despido

Sentencia número: 908

Ilmos. Sres

Dña. MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU

PRESIDENTE

Dña. MARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ

Dña. ALICIA CATALA PELLON

En Madrid a dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 5 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 879/2019, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. FELIX HERRERO ALARCON en nombre y representación de D./Dña. Eutimio y LETRADO D./Dña. IVAN GAYARRE CONDE en nombre y representación de INTERNATIONAL BUSINESS MACHINES SA, contra la sentencia de fecha once de marzo de dos mil diecinueve dictada por el Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses

en general 823/2018, seguidos a instancia de D./Dña. Eutimio frente a INTERNATIONAL BUSINESS MACHINES SA, en reclamación por Despido, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. MARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El actor, D. Eutimio, ha prestado servicios por cuenta de la empresa INTERNATIONAL BUSINESS MACHINES SA (en adelante IBM) desde el 1 de abril de 2004, categoría profesional de Ingeniero y con un salario anual de 105.80868 euros con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

La prestación de servicios se inició en virtud de una carta de fecha 1 de abril de 2004 en la que la empresa comunicó al actor las siguientes condiciones laborales:

"En relación con su próxima incorporación a la compañía, por cambio de empresa de IBM Global Services, S.A. a IBM, S.A., y de conformidad con lo establecido en el art. 8.5 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1659/98 de 24 de julio, paso a informarle de las condiciones y circunstancias principales bajo las que se desarrollará su relación laboral con esta empresa:

Fecha de ingreso: 01-04:2004

Tipo de contrato: Indefinido

Puesto de trabajo: SW IT Architec

Categoría Profesional: Ingeniero

Tarifa de cotización a la S. Social: 1ª

Departamento: 0375

Centro de Trabajo: Sta. Hortensia, 26-28 (Madrid), o los locales del cliente.

La retribución bruta anual será la siguiente:

Sueldo total al 100%: 85.958,70 € pagaderos en 14 mensualidades (12 ordinarias y 2 extraordinarias). Esta cantidad incluye su salario fijo y la retribución variable. En caso de su inclusión en el esquema de Incentivos y durante su permanencia en el mismo, la parte variable se incluiría en su OTE.

Antigüedad reconocida: 18.10.99

Programa Pensiones (contribución definida)

Plan Dental

Seguro de Vida/ Pensiones de Viudedad, Orfandad e Invalidez

TERCERO

El actor ocupó el puesto de trabajo de Software Deployment Leader, puesto que la empresa decidió suprimir en enero de 2018. Hasta ese momento dos empleados (entre ellos el actor) venían ocupando ese rol.

A continuación el actor, que no tenía disponible Plan de ventas, fue asignado como arquitecto de software al proyecto del cliente SENER, proyecto que tiene un carácter puntual dentro de la empresa.

CUARTO

En determinados documentos de la compañía demandada se alude a la reorganización de los servicios de IBM Cloud Software con citas como la siguiente:

"Para responder a estas tendencias y ayudarnos a ofrecer las soluciones más relevantes de forma más rápida y eficaz a los compradores de la derecha, estamos combinando los equipos de IBM Hybrid Cloud, IBM Analytics e IBM Software Sales en Europa en una única organización integrada. También estamos simplificando el portfolio de IBM Cloud y alineando el modelo de cobertura con el mismo, reduciendo el número de especialidades de ventas a 6."

QUINTO

En 2016 el actor pasó a un programa de la empresa denominado Career Center, el cual está diseñado para ayudar a los empleados a mantener su rol dentro de la compañía, a la búsqueda de empleo o a la creación de empresas propias; la participación en ese programa supone una dedicación del 25 % del tiempo de trabajo.

En abril de 2018 el actor fue incorporado a un "Programa de Emprendimiento para Seniors de 50pro", programa también enmarcado dentro del Career Center y que está destinado a la formación para profesionales que quieren emprender un proyecto de negocio propio.

Desde 2016 y su incorporación a ese programa Career Center, al actor se le ha venido comunicando la reducción de personal de su departamento y que no tenía hueco en el mismo al no tener adjudicado Plan de ventas.

Durante su incorporación a ese programa Career Center el actor mantuvo distintas reuniones con un advisor

(D. Mateo ), que le ofreció distintas opciones (entre ellas pasar a la empresa IBM GLOBAL SERVICES SA, un puesto de trabajo en Múnich o un programa de formación con LHH para mejorar su empleabilidad) que el actor rechazó. Esas opciones se detallan en el documento 10 de la empresa, que a estos efectos se tiene aquí por reproducido.

SEXTO

Mediante carta de fecha 22 de junio de 2018 la empresa comunicó finalmente al actor la extinción de su contrato de trabajo con efectividad del 22 de junio de 2018 por razones objetivas de carácter organizativo; esta carta obra en autos y su tenor se tiene aquí por reproducido.

SÉPTIMO

El 31/05/2018 Dª Emma, del departamento de RRHH, había trasladado previamente al actor una oferta para su desvinculación de la empresa, que no aceptó por ser insuficiente económicamente a su juicio.

Esa oferta la resumió el propio actor del siguiente modo en correo de 31/05/2018:

"Hola Emma :

En primer lugar, gracias por la explicación de la oferta que me has presentado.

Por intentar asegurarme de lo he entendido todo correctamente, querría resumir la oferta:

* Acuerdo mutuo que supone una baja voluntaria por mi parte con una oferta económica de IBM:

* Compensación económica de IBM:

* Cantidad del Acuerdo: 200.000 € brutos

* Derechos adquiridos de pensiones (por llevar más de 10 años, pero menos de 15, en IBM S.A. y tener menos de 55 años) que corresponden a la pensión IBM pero no a la pensión suplida:

* Rescate de los mismos por importe total bruto de 255.450 €

* O bien, pensión de 60 a 65 años de 17.293,15 € bruto anual, y de 13.203,61 € bruto anual a partir de los 65 años (incluyendo la rebaja por el Plan Alternativo).

La oferta es válida hasta mañana y la fecha de baja sería en torno al 7 de junio y siempre antes del 12 de junio que es cuando cumplo 55 años.

Por otra parte, también comentaste que según vuestra opinión a partir del 12 de junio, pierdo los derechos adquiridos de pensiones. Y que no tengo derecho al Plan de Pensiones completo de IBM hasta abril de 2019, cuando cumpliré 15 años en IBM S.A., ya que los 5 años adicionales en IGS, decís que no aplican.

Salvo que me digáis que hay algún error, analizare la oferta con estos parámetros y te contestaré."

OCTAVO

Con anterioridad el actor había prestado servicios para la empresa IBM GLOBAL SERVICES SA con una antigüedad del 18/10/1999. Causó baja en esa empresa el 31/03/2004...

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