STSJ Cataluña 5987/2019, 12 de Diciembre de 2019

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2019:10562
Número de Recurso951/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución5987/2019
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2019
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08279 - 44 - 4 - 2018 - 8021782

mmm

Recurso de Suplicación: 951/2019

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

ILMA. SRA. NÚRIA BONO ROMERA

En Barcelona a 12 de diciembre de 2019

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 5987/2019

En el recurso de suplicación interpuesto por Gaspar frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Terrassa de fecha 28/9/2018 dictada en el procedimiento Demandas nº 397/2018 y siendo recurrido el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Gregorio Ruiz Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Seguridad Social en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 28/9/2018 que contenía el siguiente Fallo:

"Desestimo la demanda formulada por D. Gaspar frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de pensión de viudedad y absuelvo a las demandadas de los pedimentos en su contra formulados.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora D. Gaspar, mayor de edad, con DNI núm. NUM000 solicitó la pensión de viudedad en fecha 26/02/18 que le fue denegada por resolución de la entidad gestora de fecha 29/03/18 por no ser sus ingresos durante el año natural anterior al fallecimiento de su pareja de hecho inferiores al 25% de la suma de los obtenidos por usted y el causante fallecido en ese mismo período, no teniendo ambos hijos comunes con derecho a orfandad, de acuerdo con el artículo 221.1 párrafo primero de la TRLGSS, y por ser sus ingresos en el año del fallecimiento del causante superiores al 1,5 veces el importe del salario mínimo interprofesional vigente en ese mismo ejercicio, de acuerdo con el artículo 221.1 pfo 2º del TRLGSS.

SEGUNDO

Presentada reclamación previa, fue desestimada por resolución de la entidad gestora de fecha 07/05/18.

TERCERO

el actor obtuvo, en el ejercicio 2016, la cantidad de 19.041,27 euros en concepto de rendimiento neto.

En 2016 la causante recibió 25.802 euros en concepto de prestación de incapacidad permanente absoluta, 358,85 euros en concepto de otros gastos deducibles y 31.058,51 euros en concepto de capital mobiliario.

CUARTO

En caso de estimarse la demanda la base reguladora de la prestación asciende a 1.829,63 euros mensuales y la fecha de efectos sería la de 24/12/17.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado, no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

CUARTO

Por providencia de 5/6/2019 la Sala dió traslado a las partes y al Ministerio Fiscal en virtud del art.35.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y el 1/7/2019 dictó auto en el que se acordaba que se suspendía provisonalmente el plazo para dictar sentencia hasta que se pronunciara el Tribunal Constitucional sobre la admisión de la cuestión inconstitucional planteada, quien resolvió el 29/10/2019 por auto inadmitiendo a trámite la citada cuestión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ha interpuesto por D. Gaspar recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 2 de los de Terrassa en fecha 28/9/2018 en la que, y como se ha visto, se desestima la demanda presentada por el ahora recurrente y con la que interesaba que se declarara su derecho a percibir pensión de viudedad tras el fallecimiento de Dª. Ariadna . Se dirá en la sentencia al efecto que "...los rendimientos de la causante ascendían a 31.058'51 €...(que) el 25% de la suma de los ingresos del causante y del actor ascendía a 12.524'95 €...y al ser los ingresos del demandante en el año 2016, 19.041'27 € superaba aquella cantidad y no reunía los requisitos....(así como que) al referirse al año 2016 el SMI era de 707'70 € mensuales por 14 pagas y por 1'5, da el total de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 25 de Mayo de 2021
    • España
    • 25 Mayo 2021
    ...2017. Contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Barcelona, de 12 de diciembre de 2019 -Rec. 951/2019- recurre en unificación de doctrina el INSS planteando como cuestión, en síntesis, que las cantidades percibidas por la causante en concepto ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR