STSJ Comunidad de Madrid 942/2019, 29 de Noviembre de 2019

PonenteMARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
ECLIES:TSJM:2019:13359
Número de Recurso294/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución942/2019
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Social

R. S. 294/19 TP

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34001360

NIG : 28.079.00.4-2018/0047734

Procedimiento Recurso de Suplicación 294/2019

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid Procedimiento Ordinario 1004/2018

Materia : Materias laborales individuales

Sentencia número: 942

Ilmos. Sres

Dña. MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU

PRESIDENTE

Dña. ALICIA CATALA PELLON

Dña. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

En Madrid a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 5 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación número 294/2019 formalizado por la LETRADA DE LA COMUNIDAD DE MADRID contra la sentencia número 18/2019 de fecha 23 de enero, dictada por el Juzgado de lo Social número 11 de los de Madrid, en sus autos número 1004/2018, seguidos a instancias de DON Hernan frente a CANAL DE

ISABEL II, S.A. en reclamación por derecho, siendo magistrada-ponente la Ilma. Sra. Dña. M. Virginia García Alarcón, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO.- La demandante, D. Hernan, suscribió con Canal de Isabel II los siguientes contratos:

1.- Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad celebrado el 11.05.06, con duración hasta el

16.08.07, para la cobertura de vacante, para el puesto de OFICIAL a, Nivel V con destino en la división áreas verdes, subdirección gestión ambiental, dirección de saneamiento y reutilización y centro de trabajo Oficinal Centrales (Documento 2, de la actora cuyo contenido se tiene íntegramente por reproducido)

2.- Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad celebrado el 17.08.07, con duración hasta el

25.11.08, para la cobertura de vacante, para el puesto de OFICIAL a, Nivel V, Oficial Vigilante de obras, con destino en la división áreas verdes, subdirección gestión ambiental, dirección de saneamiento y reutilización y centro de trabajo Oficinal Centrales (Documento 3, de la actora cuyo contenido se tiene íntegramente por reproducido)

3.- Contrato de relevo celebrado el 26.11.09, hasta el 01.10.12, para sustituir a trabajador no indicado en el contrato para el puesto de OFICIAL a, Nivel V, Oficial Vigilante de obras, con destino en la división áreas verdes, subdirección gestión ambiental, dirección de saneamiento y reutilización y centro de trabajo Oficinal Centrales (Documento 4, de la actora cuyo contenido se tiene íntegramente por reproducido)

4.- Contrato de duración determinada de 08.10.12, hasta el 14.04.13 para prestar servicios de Grupo Profesional 2, Nivel A, Área Funcional Operaria, por acumulación de funciones técnicas derivadas de la incorporación a la División de Áreas verdes de un amplio número de superficies de actuación correspondientes a las zonas en torno a los nuevos Depósitos de Agua Regenerada. Con prórroga de 6 meses (Documento 5 de la actora cuyo contenido se tiene íntegramente por reproducido)

Las funciones del actor durante este contrato consistían en (Folios 200 y 201) trabajos con cartografía, confección de planos superficies zonas verdes de las instalaciones del Canal de Isabel II:

-Efectuar toma de datos de campo con información de posición cartográfica con coordenadas geográficas y su posterior conversión a coordenadas Utm.

- Trazar y plasmar en los planos mediante herramientas de diseño gráfico, los datos de geolocalización de las instalaciones que gestiona esta división, actualizando las localizaciones, complementadas en su caso con ortografías y generando planos nuevos y rectificando existentes.

- Asociar las ubicaciones reflejadas en los planos con las figuras de protección que corresponda a cada instalación en relación con las diferentes áreas protegidas

5.- Contrato de duración determinada de 19.12.13 hasta el 19.12.14 para prestar servicios de Grupo Profesional 3, Nivel B, destino: División de áreas verdes, departamento operativo de seguridad y sistemas, dirección seguridad en las Oficinas centrales, para colaborar en la realización de las tareas técnicas de toma de datos de campo, delineación, cartografía, elaboración de planos y su tratamiento mediante herramientas informáticas necesarias para el desarrollo del proyecto de geolocalización de las instalaciones pertenecientes al Canal de Isabel II gestión, enclavadas y sujetas a figuras legales de protección, que se gestiona desde la División de Áreas Verdes. (Documento 6 de la actora cuyo contenido se tiene íntegramente por reproducido)

En fecha 01.04.14 se adscribió al actor al Área de Arquitectura y urbanismo del Canal de Isabel II. (Documento 21 de la demandada)

6.- Contrato de relevo celebrado el 23.02.15 al 20.02.19, para sustituir a trabajador no indicado en el contrato para el puesto de Grupo Profesional II, Nivel A, con destino en Área de arquitectura y urbanismo, subdirección proyectos, dirección e innovación e ingeniería, centro de trabajo: Oficinas centrales. (Documento 7, de la actora cuyo contenido se tiene íntegramente por reproducido)

SEGUNDO.- CANAL DE ISABEL II GESTIÓN, S.A es una sociedad mercantil de capital público que se constituyó mediante Acuerdo de 14 de junio de 2012 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (Documentos números 11 del ramo de pr.

TERCERO.- El contrato celebrado el 11.05.06 se formalizó para que el actor desarrollara trabajos de categoría superior que habían quedado vacantes cuando el oficial vigilante de obras D. Millán sumió las funciones de D. Pascual, capataz de la División de Áreas Verdes accedió a la jubilación parcial el 01.03.06.

El contrato de fecha 17.08.07 se formalizó como consecuencia de que D. Rafael, encargado de Jardines de la División, accediera a la jubilación forzosa el 17.08.07, lo que motivó que las funciones de este mando intermedio fuesen asignadas a D. Rodolfo, y el actor cubriera el puesto de trabajo de este: capataz de jardines. (Según prueba testifical documento 7 de la demandada)

CUARTO.- El actor durante su prestación de servicio como vigilante de obras para la demandada, realizó las funciones que se recogen en el certificado aportado como Documento 9 de la parte actora que se tiene íntegramente por reproducido. Y durante su prestación de servicios como delineante realizó las funciones que recogen en el documento 10 de la parte actora cuyo contenido se tiene íntegramente por reproducido.

QUINTO.- El actor ha gestionado solicitudes de licencias de talas o permisos de podas en los años 2.012,, 2.013,

2.014, 2.015, 2.016, 2.017, 2.018.

TERCERO

En la resolución recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo:

ESTIMANDO la demanda formulada por D. Hernan frente a la entidad CANAL DE ISABEL II, S.A. debo declarar y DECLARO el carácter INDEFINIDO de la relación laboral constituida por los anteriores CONDENANDO a la demandada a estar y pasar por esta declaración, asumiendo cuantos efectos se deriven de la misma.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandada formalizándolo posteriormente, habiendo sido impugnado por el letrado DON JAIME ESTEVE BENGOECHEA en representación del demandante.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

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