STSJ Asturias 1706/2019, 25 de Julio de 2019

PonenteISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS
ECLIES:TSJAS:2019:2861
Número de Recurso1215/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1706/2019
Fecha de Resolución25 de Julio de 2019
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01706/2019

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

Correo electrónico:

NIG: 33037 44 4 2018 0000842

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001215 /2019

Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000836 /2018

Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES

RECURRENTE/S D/ña Evangelina

ABOGADO/A: CELESTINO JESUS PEREZ MIRON

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: ADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

SENTENCIA Nº 1706/19

En OVIEDO, a veinticinco de julio de dos mil diecinueve.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ y D. JOSE LUIS NIÑO ROMERO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001215/2019, formalizado por el Letrado D. CELESTINO JESUS PEREZ MIRON, en nombre y representación de Evangelina, contra la sentencia número 31/2019 dictada por JDO. DE LO SOCIAL de MIERES en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000836/2018, seguidos a instancia de Evangelina frente a la ADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª. ISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª. Evangelina presentó demanda contra la ADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 31/2019, de fecha cuatro de febrero de dos mil diecinueve.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) La actora, Evangelina, viene prestando servicios por cuenta y orden de la Administración demandada, con la categoría de Asistente Social, titulada grado medio, adscrita al Centro de Día de Sama de Langreo.

  2. ) Concertaron las partes contrato temporal de interinidad con vigencia desde el 15 de septiembre de 2011 "para cubrir temporalmente el puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura de conformidad con la cláusula tercera" del propio contrato.

    Dicha cláusula es del siguiente tenor:

    "La duración del presente contrato se extenderá desde el 15 de septiembre de 2011 durante el tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva de dicha plaza, sea amortizada o transformada, o bien si se produce el reintegro del personal excedente conforme al Convenio Colectivo de aplicación, así como por cobertura de personal laboral fijo. Se establece un periodo de prueba de 4 meses, a contar desde la fecha de efectos del contrato".

  3. ) En acuerdo de 14 de diciembre de 2017 se aprueba oferta de empleo público para ese año en los términos que obran a los folios 90 a 92 de autos, que se dan por reproducidos. En dicha oferta se incluyen plazas correspondientes a la categoría de Asistente Social, con inclusión de la del Centro de Día para...

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