STSJ Asturias 1132/2019, 28 de Mayo de 2019
Ponente | ISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS |
ECLI | ES:TSJAS:2019:2956 |
Número de Recurso | 398/2019 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 1132/2019 |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 01132/2019
T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL - OVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax: 985 20 06 59
NIG: 33044 44 4 2018 0003272
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000398 /2019
Procedimiento origen: DEMANDA SEGURIDAD SOCIAL 537/2018
Sobre: VIUDEDAD
RECURRENTE/S D/ña Isidora
ABOGADO/A: JESUS DIEZ SERRANO
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL,,
Sentencia núm. 1132/2019
En OVIEDO, a veintiocho de mayo de dos mil diecinueve.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Ilmos. Sres. D. FRANCISCO JOSÉ DE PRADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIÉRREZ CAMPOS, Dª. MARÍA PAZ FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ y D. JOSÉ LUÍS NIÑO ROMERO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el RECURSO DE SUPLICACIÓN NÚM. 398/2019, formalizado por el Letrado D. Jesús Díez Serrano, en nombre y representación de Dª Isidora, contra la sentencia número 566/2018 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA SEGURIDAD SOCIAL 537/2018, seguido a instancia de la citada recurrente frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ambos organismos representados por el Letrado de la Seguridad Social, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. ISOLINA PALOMA GUTIÉRREZ CAMPOS .
De las actuaciones se deducen los siguientes:
Dª Isidora presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual dictó la sentencia número 566/2018, de fecha tres de diciembre de dos mil dieciocho.
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
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- Por resolución del Instituto nacional de la seguridad social de 20 de junio de 2.017 se reconoció a Isidora, nacida el NUM000 de 1.965, el derecho a percibir una pensión de viudedad, como consecuencia del fallecimiento de su esposo Romualdo, con efectos desde el día 1 de julio de 2.017, conforme a una base reguladora de 1.092,36 euros y un porcentaje de pensión del 52%, resultando una pensión mensual, incluida revalorizaciones, de 864,35 euros.
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- El día 9 de mayo de 2.018 presenta solicitud de mínimos por cargas familiares, a la que adjuntó copia del libro de familia, fotocopia de su DNI y el de su hija, nacida el NUM001 de 1.992, certificado de empadronamiento, dónde figura que la actora vive con su madre y con su hija Victoria, ésta última empadronada el 6 de...
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STSJ Asturias 719/2020, 28 de Abril de 2020
...en otras, como en la del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, se defiende el postulado por el recurrente. Así en la sentencia de 28 de mayo de 2019 (Rec. 398/2019), se "La interpretación que, a juicio de la mayoría de la Sala, es la correcta, se corresponde con la literalidad de la norm......