STSJ Andalucía 212/2020, 5 de Febrero de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución212/2020
Fecha05 Febrero 2020

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN

MALAGA

N.I.G.: 2906744420170015425

Negociado: PC

Recurso: Recursos de Suplicación 1442/2019

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL nº 8 DE MALAGA

Procedimiento origen: Procedimiento Ordinario 1187/2017

Recurrente: Hortensia

Representante: RAFAEL LOPEZ SERRALVO

Recurrido: MINISTERIO DE EDUCACION

Representante:ABOGACIA DEL ESTADO DE MALAGA

Sentencia nº 212/2020

ILTMO. SR. D. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMON GOMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAUL PAEZ ESCAMEZ

En la ciudad de MALAGA a cinco de febrero de dos mil veinte

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA,, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por Hortensia contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL nº 8 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D. / RAMON GOMEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Hortensia sobre Procedimiento Ordinario siendo demandado MINISTERIO DE EDUCACION habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 30/04/2019 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. La demandante ha venido prestando sus servicios como Profesor de Religión y Moral Católicas en centros públicos de enseñanza de la provincia de Málaga, desde septiembre 1990.

    2.1. En fecha 27.06.14 la demandante solicitó el reconocimiento a efectos de sexenios de las horas de formación permanente y la realización de otras actividades para la mejora de la calidad de la enseñanza desde el curso 1990/1991 hasta el curso 2007/2008.

    2.2. A la referida fecha, a la demandante le correspondían tres sexenios.

    2.3. En fecha 14.03.16 la demandante solicitó el 4º sexenio.

  2. La demandante presentó reclamación previa en fecha 30.06.14, que fue desestimada por silencio.

    4.1. En fecha 16.11.14 la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia en procedimiento de conflicto colectivo en los autos nº 297/2014.

    4.2. Recurrida en casación dicha sentencia, se dictó sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en fecha 09.02.16, desestimando el recurso.

  3. La demandada...

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