STSJ Comunidad de Madrid 23/2020, 16 de Enero de 2020

PonenteJOSE LUIS QUESADA VAREA
ECLIES:TSJM:2020:1156
Número de Recurso196/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución23/2020
Fecha de Resolución16 de Enero de 2020
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Novena C/ General Castaños, 1 , Planta 1 - 28004

33010310

NIG: 28.079.00.3-2018/0018270

Recurso de Apelación 196/2019

Recurrente: MM HOGAR SA DE SEGUROS Y REASEGUROS

PROCURADOR D./Dña. JORGE DELEITO GARCIA

Recurrido: AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE HENARES,

LETRADO DE CORPORACIÓN MUNICIPAL

SENTENCIA No 23

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Luis Quesada Varea

Magistrados:

Dª. Matilde Aparicio Fernández

D. Joaquín Herrero Muñoz-Cobo

Dª Natalia de la Iglesia Vicente

En la Villa de Madrid a dieciséis de enero de dos mil vente.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo de este Tribunal Superior de Justicia, constituida por los expresados Magistrados, el presente recurso de apelación número 196/2019 contra la sentencia 261/2018, de 20 de noviembre, dictada en el procedimiento ordinario 357/2018 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 8 de Madrid, en el que es apelante MM HOGAR SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el Procurador D. Jorge Deleito García, y apelado el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, representado por el Letrado D. Félix Vidal Herrero-Vior.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida contiene el siguiente fallo:

Que DESESTIMANDO el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Deleito García, en nombre y representación de la mercantil MM HOGAR, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante MM HOGAR) contra la resolución de la Junta de Gobierno Local de Alcalá de Henares de 18 de mayo de 2018 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de liquidación dictado en el expediente de inspección no 24666/1/16 del Servicio de Gestión de Inspección Tributaria, en relación con la tasa por la prevención y extinción de incendios, previsión de ruinas, de construcciones y derribos, salvamentos y otros análogos (TMSI) y de manera indirecta la propia Ordenanza Fiscal de Alcalá de Henares, vigente en el año 2016, debo confirmar y confirmo el acto administrativo impugnado por ser conforme a Derecho. Sin expresa condena en costas.

SEGUNDO

Contra dicha resolución, el Procurador D. Jorge Deleito García, en representación de MM HOGAR SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, interpuso recurso de apelación en el que solicitaba la revocación de la sentencia recurrida.

TERCERO

El representante procesal del Ayuntamiento solicitó la desestimación del recurso.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el 5 de diciembre de 2019, en que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales esenciales.

Es ponente el Magistrado D. José Luis Quesada Varea.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo, la aseguradora aquí apelante, MM HOGAR, impugnó la liquidación del año 2016 de la tasa por la prevención y extinción de incendios, prevención de ruinas, de construcciones y derribos, salvamentos y otros análogos, del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. El fundamento del recurso residió en la ilegalidad de la ordenanza reguladora de la tasa (ordenanza fiscal núm. 16 publicada en el BOCM núm. 264 de 6 de noviembre de 2013), que asimismo impugnó indirectamente.

La sentencia del Juzgado desestimó la demanda con fundamento en las sentencias dictadas por esta Sala sobre otras ordenanzas fiscales, que considera "del todo similares a la que es objeto de impugnación indirecta en el presente recurso". Para ello, después de exponer los motivos deducidos por la parte actora, reprodujo la sentencia de 22 de junio de 2018 dictada por esta Sección con motivo de la ordenanza fiscal que regula la tasa por el mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios de Rivas-Vaciamadrid.

La actora combate este criterio destacando que la postura de esta Sala sobre ordenanzas muy similares no es firme, ya que el Tribunal Supremo ha considerado de interés casacional pronunciarse sobre la legalidad de las ordenanzas avaladas por este Tribunal Superior. Por lo demás, reitera sus argumentos sobre la indeterminación del sujeto pasivo y de la cuota, el hecho de ser el sustituto del contribuyente el auténtico y único contribuyente, y la infracción del art. 20 TRLHL al exigirse una tasa por un servicio que no presta el Ayuntamiento.

SEGUNDO

Tales cuestiones han sido ya resueltas por esta Sala, que, lógicamente, debe atenerse a sus anteriores pronunciamientos a falta de la decisión que haya de tomar el Tribunal Supremo en los recursos de casación pendientes sobre la ordenanza de Rivas-Vaciamadrid que hemos mencionado ( AATS de 30 de mayo de 2018, rec. 683/2018, y de 21 de noviembre 2019, rec. 3949/2019).

En primer lugar, la fundamentación que recoge la sentencia del Juzgado da respuesta a gran parte de las cuestiones suscitadas en esta apelación, que son comunes a las planteadas en los recursos contra otras ordenanzas similares y que ha resuelto esta Sección en sentencias núm. 909/2015, de 11 de noviembre (rec.1035/2014), 1000/2015, de 9 de diciembre (rec. 1081/2014), 1012/2015, de 11 de diciembre (rec. 1155/2014), 1017/2015, de 11 de diciembre (rec. 111/2015), 1030/2015, de 15 de diciembre (rec. 1270/2014), 1086/2015, de 22 de diciembre (rec. 213/2015), 1083/2015, de 22 de diciembre (rec. 495/2015), 735/2016, de 23 de junio (rec. 692/2015), 1103/2016, de 25 de octubre (rec. 36/2016), 540/2017, de 21 de julio (rec. 441/2016), 524/2018, de 22 de junio...

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