STSJ Andalucía 1552/2019, 25 de Septiembre de 2019

PonenteRAUL PAEZ ESCAMEZ
ECLIES:TSJAND:2019:13190
Número de Recurso749/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1552/2019
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2019
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN

MALAGA

N.I.G.: 2906744420180007042

Negociado: RM

Recurso: Recursos de Suplicación 749/2019

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 12 DE MALAGA

Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 526/2018

Recurrente: EXTERNA TEAM SL

Representante: ELENA RAQUEL LARA MORAL

Recurrido: Juliana, ADMINISTRADOR CONCURSAL DE EXTERNA TEAM S.L. D. Jacobo y FOGASA

Representante:JOSE ANTONIO ALARCON BLANCOLETRADO DE FOGASA - MALAGA

Sentencia Nº 1552/19

ILTMO. SR. D. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMÓN GÓMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

En la ciudad de MALAGA a veinticinco de septiembre de dos mil diecinueve

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA,, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por EXTERNA TEAM SL contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 12 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Juliana sobre Despidos / Ceses en general siendo demandado EXTERNA TEAM SL, ADMINISTRADOR CONCURSAL DE EXTERNA TEAM S.L. D. Jacobo y FOGASA habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 23 de Enero de 2019 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Dª Juliana, DNI N° NUM000, cuyas demás circunstancias constan en autos, ha prestado servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Externa Team, S.L., CIF B91281279, dedicada a la actividad de prestación de multiservicios, tanto para empresas como para particulares y organismos públicos (por reproducidos folios 58 a 62 del ramo de la demandada), a virtud de contrato eventual por circunstancias de la producción suscrito entre las partes el 23 de abril de 2017, con duración hasta el 30/04/17, con categoría de auxiliar de pisos, desarrollando funciones de su categoría en jornada completa en el centro de trabajo Hotel IPV Palace & Spa, de Fuengirola (Málaga), y percibiendo salario de 929,60 euros mensuales incluida parte proporcional de pagas extras, conforme al C.C. de empresa, que ha sido declarado nulo por sentencia judicial firme. La Cláusula específica de temporalidad se fijaba en "tareas de limpieza de habitaciones y zonas comunes en Hotel IPV Palace & Spa, por aumento de ocupación de grupo turístico". Tras dicho contrato, se han producido distintas prórrogas y nuevas contrataciones temporales (la última el 01/03/2018) sucesivas con nuevas prórrogas, en todos los casos con idéntica cláusula de temporalidad (tareas de limpieza de habitaciones y zonas comunes en Hotel IPV Palace & Spa, por aumento de ocupación de grupo turístico), habiéndose desarrollado la relación laboral, sin solución de continuidad.

SEGUNDO

Mediante carta fechada a 6 de abril de 2018, la empresa comunicó a la trabajadora el cese de la relación laboral "por expiración del tiempo concertado en el contrato eventual que le une a esta empresa", con efectos del 22 de abril de 2018.

TERCERO

Conforme al C.C. de limpieza de edificios y locales de Málaga, el salario correspondiente a la categoría de limpiadora asciende -para el año 2018- a 1.182,96 euros mensuales brutos, con inclusión de pagas extraordinarias. Conforme al C.C. de Hostelería de Málaga (Sección primera), el salario -año 2018-correspondiente a la categoría de camarera de pisos asciende a 1.776,05 euros brutos con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.

CUARTO

Que el día 31/05/2018 tuvo lugar ante el C.M.A.C. el preceptivo acto de conciliación en virtud de demanda presentada el 10/05/2018, con el resultado de intentado sin efecto.

QUINTO

Externa Team SL SL se encuentra en situación de concurso de acreedores ( Auto de 07/02/18 del Juzgado de lo Mercantil N° 2 de Sevilla -folios 25 a 27-), habiendo sido nombrado administrador concursal D. Jacobo, debidamente citado (folio 40)

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte codemandada "Externa Team, S.L.", recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demandante Dª Juliana prestaba servicios para la entidad demandada EXTERNA TEAM S.L., siendo que en el devenir de tal relación laboral, y en fecha 06.04.2018, se le comunicó la extinción de su contrato de trabajo en fecha 22.04.2018 por expiración del tiempo concertado.

Impugnada la regularidad y acomodo legal de tal decisión, la sentencia recurrida estimó la demanda por despido interpuesta por la actora, catalogando al mismo como improcedente con los efectos legales de ello...

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