STSJ Asturias 886/2019, 29 de Noviembre de 2019

PonenteMARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY
ECLIES:TSJAS:2019:3429
Número de Recurso278/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución886/2019
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 00886/2019

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

APELACION Nº: 278/2019

APELANTE: D. Adolfo

Procurador: D. Luis Álvarez Fernández

APELADO: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (S.E.S.P.A.)

Representante: Sra. Letrada del Servicio de Salud del Principado de Asturias

SENTENCIA DE APELACIÓN

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Julio Luis Gallego Otero

Magistrados:

Dña. Olga González-Lamuño Romay

Dña. María Pilar Martínez Ceyanes

En Oviedo, a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 278/19, interpuesto por D. Adolfo, representado por el Procurador D. Luis Álvarez Fernández, contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Oviedo, de fecha 22 de julio de 2019, siendo parte Apelada el SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (S.E.S.P.A), representado por la Sra. Letrada del Servicio de Salud del Principado de Asturias. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA OLGA GONZÁLEZ-LAMUÑO ROMAY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación dimana de los autos de Procedimiento Abreviado nº 337/18 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de los de Oviedo.

SEGUNDO

El recurso de apelación se interpuso contra Sentencia de 22 de julio de 2019. Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos.

TERCERO

Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimándolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día 27 de noviembre pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala el presente recurso de apelación la sentencia dictada el día 22 de julio de 2019 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Oviedo, PA Nº 337/ 2018, desestimatoria del recurso contencioso administrativo interpuesto frente a la desestimación por silencio administrativo de la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias de la reclamación formulada el día 3 de julio de 2018, por su conformidad a derecho.

Con la formulación del presente recurso la parte apelante pretende se dicte sentencia estimatoria de la apelación revocando la sentencia recurrida y estimando el recurso contencioso administrativo en los términos señalados en la demanda.

Pretensión revocatoria de la sentencia apelada con fundamento en los motivos siguientes: La incongruencia omisiva de la sentencia impugnada; la selección irrazonable y arbitraria de la norma aplicable al proceso; infracción de la jurisprudencia TJUE y la sentencia de 14 de septiembre de 2016 dictada por el TJUE (asuntos acumulados C-184/125 y C-197/15), en la aplicación de la cláusula 5. 1.a) del Acuerdo Marco sobre la Contratación Temporal, que ha concluido que la renovación o mantenimiento de contratos o relaciones laborales de duración determinada para cubrir necesidades que, de hecho, no tienen carácter provisional ni de urgencia o necesidad, sino permanente y estable, no está justificada en el sentido de la cláusula 5.1.a) del Acuerdo marco, es justamente en lo que consiste el abuso de la temporalidad. En el mismo sentido la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 2018; y para finalizar los expedientes e...

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