STSJ Asturias 886/2019, 29 de Noviembre de 2019
Ponente | MARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY |
ECLI | ES:TSJAS:2019:3429 |
Número de Recurso | 278/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 886/2019 |
Fecha de Resolución | 29 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)
OVIEDO
SENTENCIA: 00886/2019
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
Sala de lo Contencioso-Administrativo
APELACION Nº: 278/2019
APELANTE: D. Adolfo
Procurador: D. Luis Álvarez Fernández
APELADO: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (S.E.S.P.A.)
Representante: Sra. Letrada del Servicio de Salud del Principado de Asturias
SENTENCIA DE APELACIÓN
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Julio Luis Gallego Otero
Magistrados:
Dña. Olga González-Lamuño Romay
Dña. María Pilar Martínez Ceyanes
En Oviedo, a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 278/19, interpuesto por D. Adolfo, representado por el Procurador D. Luis Álvarez Fernández, contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Oviedo, de fecha 22 de julio de 2019, siendo parte Apelada el SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (S.E.S.P.A), representado por la Sra. Letrada del Servicio de Salud del Principado de Asturias. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA OLGA GONZÁLEZ-LAMUÑO ROMAY.
El recurso de apelación dimana de los autos de Procedimiento Abreviado nº 337/18 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de los de Oviedo.
El recurso de apelación se interpuso contra Sentencia de 22 de julio de 2019. Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos.
Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimándolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día 27 de noviembre pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.
Se somete a la consideración de la Sala el presente recurso de apelación la sentencia dictada el día 22 de julio de 2019 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Oviedo, PA Nº 337/ 2018, desestimatoria del recurso contencioso administrativo interpuesto frente a la desestimación por silencio administrativo de la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias de la reclamación formulada el día 3 de julio de 2018, por su conformidad a derecho.
Con la formulación del presente recurso la parte apelante pretende se dicte sentencia estimatoria de la apelación revocando la sentencia recurrida y estimando el recurso contencioso administrativo en los términos señalados en la demanda.
Pretensión revocatoria de la sentencia apelada con fundamento en los motivos siguientes: La incongruencia omisiva de la sentencia impugnada; la selección irrazonable y arbitraria de la norma aplicable al proceso; infracción de la jurisprudencia TJUE y la sentencia de 14 de septiembre de 2016 dictada por el TJUE (asuntos acumulados C-184/125 y C-197/15), en la aplicación de la cláusula 5. 1.a) del Acuerdo Marco sobre la Contratación Temporal, que ha concluido que la renovación o mantenimiento de contratos o relaciones laborales de duración determinada para cubrir necesidades que, de hecho, no tienen carácter provisional ni de urgencia o necesidad, sino permanente y estable, no está justificada en el sentido de la cláusula 5.1.a) del Acuerdo marco, es justamente en lo que consiste el abuso de la temporalidad. En el mismo sentido la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 2018; y para finalizar los expedientes e...
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