STSJ Galicia 4543/2019, 18 de Noviembre de 2019
Ponente | CARLOS VILLARINO MOURE |
ECLI | ES:TSJGAL:2019:6643 |
Número de Recurso | 2529/2019 |
Procedimiento | Social |
Número de Resolución | 4543/2019 |
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
TSJ SALA DO SOCIAL A CORUÑA
-PLAZA DE GALICIA S/N
15071 A CORUÑA
Tfno: 981-184 845/959/939
Fax: 881-881133/981184853
NIG: 32054 44 4 2018 0002697
Equipo/usuario: MR
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0002529 /2019 MRA
Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000672 /2018
Sobre: RECLAMACION CANTIDAD
RECURRENTE/S D/ña CONSELLO MUNICIPAL DE DEPORTES DO CONCELLO DE OURENSE
ABOGADO/A: LETRADO AYUNTAMIENTO
PROCURADOR: JORGE BEJERANO PEREZ
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: Victoriano
ABOGADO/A: CELIA PEREIRA PORTO
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
ILMO SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR
ILMA SRª Dª BEATRIZ RAMA INSUA
ILMO SR D. CARLOS VILARIÑO MOURE
En A CORUÑA, a dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0002529/2019, formalizado por CONSELLO MUNICIPAL DE DEPORTES DO CONCELLO DE OURENSE, contra la sentencia número 52/2019 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de OURENSE en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000672/2018, seguidos a instancia de Victoriano frente a CONSELLO MUNICIPAL DE DEPORTES DO CONCELLO DE OURENSE, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/ a Sr/Sra D/Dª CARLOS VILLARINO MOURE.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Victoriano presentó demanda contra CONSELLO MUNICIPAL DE DEPORTES DO CONCELLO DE OURENSE, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 52/2019, de fecha veintinueve de enero de dos mil diecinueve
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: .
El demandante presta sus servicios para la demandada como personal laboral indefinido, con categoría de auxiliar monitor socorrista desde el 23-6-2
El demandante realiza las siguientes funciones como monitor de natación:
-
Programar y preparar las clases de iniciación de niños y adultos.
-
Programar y preparar las clases de perfeccionamiento de niños y adultos.
-
Preparar las clases de grupos especiales, físicos o psíquicos.
-
Gestionar las tareas administrativas relacionadas con los cursos: comprobación de abono de tasas, solicitar listados...
-
Distribución y formación de grupos segundo nivel.
-
Evaluación de niños y adultos para mantenerlos o pasarlos a nivel superior.
-
Control de asistencia de todo el alumnado.
-
Atender y dar información a padres/tutores sobre la evolución de sus hijos.
Y como monitor en sala de musculación:
-
Atender el control de acceso de los abonados según tengan realizado o pagado las tasas.
-
Entrega de tablas de musculación a los abonados que las soliciten.
-
Realización de tablas de musculación a los abonados que las soliciten.
-
Explicación sobre la ejecución de los ejercicios que contengan las referidas tablas.
e- Atender a los abonados que soliciten información sobre los distintos tipos de ejercicios que se pueden hacer en cada máquina de musculación.
f- Mantener el orden en la sala, haciendo cumplir las normas de utilización de sala de musculación.
g- Mantenimiento y limpieza de las máquinas.
El actor de fecha 1-3-18 al 31-8-18 fue designado monitor deportivo.
El salario anual del monitor deportivo es 26.818,99€ y 22.848,06€ el auxiliar monitor socorrista.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que estimando parcialmente la demanda presentada por Victoriano frente al CONSELLO MUNICIPAL DE DEPORTES DE OURENSE, se condena al demandado al abono al actor de la cantidad de 3.439,33€ de diferencias de categoría de septiembre 2017 a septiembre 2018
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la demandada -Consello Municipal de Deportes de Ourense-, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al ponente, procediéndose a dictar la presente sentencia tras la deliberación correspondiente.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,
Aproximación general al objeto del recurso
La sentencia de instancia estimó en parte la demanda y condenó a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 3.439,33 euros por diferencias de categoría de septiembre de 2017 a septiembre de 2018.
La parte demandada recurrió en suplicación al amparo del art. 193 c) LRJS, solicitando la revocación de la sentencia de instancia y la desestimación de la demanda, o, subsidiariamente, que se condenase a la demandada a...
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