STSJ Galicia 297/2019, 13 de Noviembre de 2019

PonenteFRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
ECLIES:TSJGAL:2019:6233
Número de Recurso7053/2019
ProcedimientoProcedimiento ordinario
Número de Resolución297/2019
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00297/2019

PONENTE: D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7053/2019

RECURRENTE:EMPRESA VILLALON S.A.

ADMINISTRACION DEMANDADA:CONSELLERIA DE INFRAESTRUCTURAS E MOBILIDADE

EN NO MBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

ILMOS.SRES.e ILMA. SRA.MAGISTRADOS :

FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

JOSE ANTONIO PARADA LOPEZ

CRISTINA MARIA PAZ EIROA

En A CORUÑA, a 13 de noviembre de 2019.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7053/2019 interpuesto por el Procurador Dª. ALEJANDRA LOPEZ NUÑEZ y dirigido por el Letrado Dª. GLORIA ZUÑIGA RIAL en nombre y representación de EMPRESA VILLALON S.A. contra Resolución de la Consellería de Infraestructuras e Mobilidade de 26-11-18 que tiene por desistido al recurrente del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de contratos de transporte público regular de uso especial 99OU0164, 99OU0308,99OU0356, 99OU0162, 99OU0229, 99OU0372, 16OU0445, 99OU0002, 99OU0003, 99OU0006,99OU0011 de 4-5-2018 de la Dirección Xeral de Movilidade. Ref. Admon: RR/M/CIV/2018/00267. Ha sido parte demandada CONSELLERIA DE INFRAESTRUCTURAS E MOBILIDADE, representada por ABOGACIA DE LA COMUNIDAD.

Siendo PONENTE el Magistrado Ilmo. D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA.

HECHOS
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinente, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

No habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para...

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