STSJ Comunidad de Madrid 478/2019, 3 de Mayo de 2019

PonenteMARIA DEL ROSARIO GARCIA ALVAREZ
ECLIES:TSJM:2019:10038
Número de Recurso1193/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución478/2019
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2019
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

NIG : 28.079.00.4-2018/0008534

Procedimiento Recurso de Suplicación 1193/2018

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid Seguridad social 210/2018

Materia : Incapacidad permanente

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 1193/18

Sentencia número: 478/19

G.

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilma. Sra. Dª. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

Ilmo. Sr. D. ISIDRO MARIANO SAIZ DE MARCO

En la Villa de Madrid, a tres de mayo de dos mil diecinueve, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 1193/18 formalizado por la Sra. Letrado Dª. CARLA CHECA DEL VALLE en nombre y representación de DÑA. Edurne contra la sentencia de fecha 19-7-18, dictada por el Juzgado de lo Social número 29 de MADRID, en sus autos número 210/18, seguidos a instancia de Dª. Edurne contra el

INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación por seguridad social, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dª. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO: LA demandante, DÑA. Edurne, nacida el NUM000 .1969, figura afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el número NUM001 siendo su profesión habitual Oficial 2ª Administrativa.

SEGUNDO: Con fecha 16.5.2008 se dictó resolución por el INSS en la que, estimando la reclamación previa interpuesta por la actora, se le reconocía la prestación de incapacidad permanente total para su profesión habitual con fecha de efectos económicos 17.1.2008 con el siguiente cuadro clínico residual: antecedentes de discectomía L4-L5 y radiculopatía crónica S1 izquierda en 2001. Artrodesis L4-S1 por recidiva hernia L4-L5 y L5-S1 en noviembre 2006 pendientes de evaluación por movilización de la osteosíntesis y fibrosis perirradicular. Neuroma de Norton intervenido septiembre 2007.

TERCERO: Iniciado de oficio expediente de revisión se dicta Resolución por el INSS con fecha 25.8.2017 acordando revisar la situación de incapacidad permanente total y declarando que no se encuentra afecto en la actualidad a ningún grado de incapacidad permanente dejando sin efecto la prestación económica que venía percibiendo

CUARTO: La demandante presenta el siguiente cuadro clínico residual: radiculopatía crónica L5-S1 izquierda tras artrodesis L43S1; metatarsalgia pie derecho...

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